Dictamen nº 68625 de Contraloría General de la República, de 28 de Octubre de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 338105970

Dictamen nº 68625 de Contraloría General de la República, de 28 de Octubre de 2011

N° 68.625 Fecha: 28-X-2011

Se ha dirigido a esta Contraloría General don José Reyes Oelckers, funcionario del Servicio Electoral, para reclamar por la ubicación que se le asignó en el escalafón de mérito correspondiente al año 2011, toda vez que, en su opinión, al confeccionarse el mencionado ordenamiento, se habría incurrido en un error en la aplicación del factor antigüedad en el grado, al considerar para tal efecto, la fecha en que se produjo su último ascenso, antes del encasillamiento a que dio lugar la ley N° 20.395, y no el grado remuneratorio obtenido en este último proceso.

Agrega, que al solicitar un pronunciamiento a la autoridad sobre su situación, se le comunicó que previo al encasillamiento fue ascendido al cargo de Auxiliar Nivel II, grado 23 de la E.U.S., lo cual no resulta efectivo ya que en virtud de tal promoción accedió al grado 22.

Requerido su informe, la autoridad señaló que con la entrada en vigencia de la citada ley N° 20.395, se procedió a encasillar al recurrente y a otros funcionarios, en el grado 20 de la E.U.S., de la planta Auxiliar y, luego, con ocasión de la confección del respectivo escalafón de mérito, se produjeron empates entre empleados que compartían ese grado, los que, según lo dispuesto en el artículo 51 de la ley N° 18.834, debían resolverse, primero, por la antigüedad en el cargo; luego, por la antigüedad en el grado y, finalmente, por la antigüedad en la Institución. Así entonces, al producirse una igualdad entre siete funcionarios en la antigüedad en el cargo, procedía aplicar la antigüedad en el grado que, en el caso del interesado, correspondería al 1 de julio de 2002, situación que determinó que quedara ubicado en el 5° lugar del ordenamiento objetado.

Sobre el particular, esta Entidad de Control debe manifestar que según consta en los antecedentes tenidos a la vista, mediante la resolución N° 12, de 2002, del Servicio Electoral, el señor Reyes Oelckers fue ascendido desde el cargo de Auxiliar Nivel II, grado 23 de la E.U.S., al de Auxiliar Nivel I, grado 22 de la misma escala de remuneraciones, a contar del 1 de julio de 2002, siendo posteriormente encasillado a través de la resolución N° 14, de 2010, del mismo origen, en el grado 20 de la planta Auxiliar.

Precisado lo anterior, y en lo que dice relación con lo expuesto por la superioridad en orden a que las alegaciones formuladas por el interesado carecen de fundamento atendido lo señalado en el inciso final del artículo tercero transitorio...

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