Dictamen nº 9181 de Contraloría General de la República, de 6 de Febrero de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 640748661

Dictamen nº 9181 de Contraloría General de la República, de 6 de Febrero de 2014

N° 9.181 Fecha:06-II-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Alicia Garrido Ávalos, presidenta del Centro de Padres y Apoderados del Liceo José Victorino Lastarria, dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, denunciando presuntas irregularidades cometidas por la directora de dicho establecimiento educacional, así como intervenciones realizadas en contra de la indicada agrupación.

En este sentido, la recurrente expresa que la citada docente directiva cobró a los apoderados de dicho plantel de enseñanza una suma de dinero, haciendo firmar al respecto un documento para ser pagado el año 2014, en términos de que quien no lo suscribiera debía matricular a sus pupilos el día 2 de enero del corriente como alumno rezagado; autorizó la venta de ropa donada y que antes se regalaba en el ropero escolar; desconoció al actual directorio de ese centro de apoderados, permitiendo la elección de una nueva mesa directiva, contradiciendo los respectivos estatutos; e impidió la realización de una asamblea general de apoderados, entre otras anomalías que dice estar dispuesta a declarar.

Pues bien y atendido que las corporaciones municipales creadas al amparo del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, del antiguo Ministerio del Interior, son personas jurídicas de derecho privado, sin fines de lucro, cuya finalidad es gestionar los servicios traspasados del área de educación, salud y atención al menor, constituidas según las normas del Título XXXIII del Libro I del Código Civil, esta Contraloría General carece de atribuciones para pronunciarse respecto a los hechos que se denuncian.

Lo anterior, debe entenderse sin perjuicio de las atribuciones de esta Entidad Contralora para fiscalizar la correcta inversión de los fondos públicos que cualesquiera persona o instituciones de carácter privado perciban por leyes permanentes a título de subvención o aportes del Estado para una finalidad específica y determinada, con el objeto de establecer si se ha dado cumplimiento a dicha finalidad, según lo preceptúan los artículos 25 y 85 de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de esta Contraloría General...

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