Dictamen nº 68707 de Contraloría General de la República, de 27 de Agosto de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 581798286

Dictamen nº 68707 de Contraloría General de la República, de 27 de Agosto de 2015

N° 68.707 Fecha: 27-VIII-2015

Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Patricia Cabrera Irarrázabal, exfuncionaria del departamento de salud de la Municipalidad de Quilicura, solicitando un pronunciamiento que determine si procede actualizar el monto que percibió por concepto del incentivo al retiro voluntario establecido en la ley N° 20.589.

Expone la recurrente, que el 22 de marzo de 2013, postuló al referido beneficio, el que le fue enterado el 1 de abril de 2015, oportunidad a partir de la cual cesó en funciones, por lo que estima que aquel debió calcularse desde esa última data hacia atrás y no como lo efectuó el municipio, a partir de la fecha del convenio suscrito entre esa entidad edilicia y el Servicio de Salud Metropolitano Norte, en mayo de 2014. Asimismo, reclama por el pago de la primera cuota de la asignación de desempeño colectivo correspondiente a la última anualidad citada.

Requerido al efecto, el órgano comunal informó que dado el tiempo transcurrido enviará la actualización de las rentas de la señora Cabrera Irarrázabal al Servicio de Salud Metropolitano Norte, a objeto que dicha entidad revise si el aludido cálculo se ajusta a derecho, y obtener de esta última los recursos para proceder al pago de la diferencia que pudiere resultar del referido reajuste, previa aprobación del respectivo convenio que suscribiría para tal propósito. Agrega, que en relación al pago de la asignación de desempeño colectivo, aquel se hizo efectivo el día 30 de abril de 2015.

Sobre el particular, el artículo 1°, inciso primero, de la anotada ley N° 20.589 prevé, en lo pertinente, que el personal regido por la ley N° 19.378, que cumpla con los requisitos de edad que ese mismo precepto detalla, y que haga efectiva su renuncia voluntaria a una dotación de salud municipal respecto del total de horas que sirve, desde la fecha de publicación de la ley -11 de mayo de 2012- y hasta el 31 de marzo de 2015, “tendrá derecho a percibir una bonificación por retiro voluntario equivalente a un mes de remuneración imponible por cada año de servicio y fracción superior a seis meses prestados en establecimientos de salud públicos, municipales o corporaciones de salud municipal, con un máximo de once meses”.

A su turno, el artículo 4°, inciso primero, del aludido texto legal dispone que “La remuneración que servirá de base para el cálculo de la bonificación será la que resulte del promedio de remuneraciones mensuales imponibles que le haya correspondido...

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