Dictamen nº 57170 de Contraloría General de la República, de 28 de Julio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 548982106

Dictamen nº 57170 de Contraloría General de la República, de 28 de Julio de 2014

N° 57.170 Fecha: 28-VII-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Segundo Alarcón Lara, reclamando por la negativa de la Municipalidad de La Florida a otorgar una patente comercial para el establecimiento que indica, fundada en que esta Sede de Control “exigiría un certificado que acredite que el local no contamina ni realiza actividad ofensiva o acopio”.

Recabado su parecer, el individualizado municipio ha remitido, entre otros antecedentes, un informe de su Dirección de Obras que da cuenta, en síntesis, que para efectos de la patente a que alude el interesado se habría presentado, conforme a la ley N° 20.563 -que regulariza la construcción de bienes raíces destinados a microempresas y equipamiento social-, una solicitud de regularización respecto de la ampliación del inmueble en que se desarrolla la actividad comercial, trámite que se encontraría suspendido en razón de que la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Salud (SEREMI) no ha efectuado la certificación necesaria para tal finalidad.

Sobre el particular, es menester apuntar, tal como se indica en el dictamen N° 34.472, de 2013, de este origen, que el mencionado texto legal contempla un mecanismo especial para regularizar y obtener la recepción final de las obras efectuadas al margen del ordenamiento jurídico destinadas, entre otras actividades, a microempresas inofensivas.

Luego, que el artículo 3° de la citada ley detalla los documentos que deben adjuntar los interesados a fin de acogerse a la misma, disponiendo, en lo que importa, que tratándose de microempresas debe acompañarse un certificado de calificación de actividad inofensiva.

Por último, que su artículo 4° previene que, para efectos de ese ordenamiento, se entiende por microempresa toda actividad industrial, comercial o de servicios, excluidas las de salud, de educación y de expendio de alcoholes, y por inofensiva, aquella microempresa que no produce daños ni molestias a las personas, comunidad o entorno, controlando y neutralizando los efectos del proceso productivo o de acopio, siempre dentro del propio predio e instalaciones, resultando su funcionamiento inocuo, lo que será certificado por...

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