Dictamen nº 27942 de Contraloría General de la República, de 26 de Julio de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 690833093

Dictamen nº 27942 de Contraloría General de la República, de 26 de Julio de 2017

N° 27.942 Fecha: 26-VII-2017La Municipalidad de Hualpén consulta si se ajustó a derecho la recomendación efectuada por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo -SUBDERE-, a través de su circular N° 38, de 2016, relativa a que los haberes que la ley N° 20.882, de Presupuestos del Sector Público para el año 2016, autorizó transferir a los municipios que tienen externalizado el servicio de recolección y/o transporte de residuos sólidos domiciliarios y/o servicio de barrido de calles, fueran traspasados de forma fraccionada a la empresa concesionaria que indica, para que esta la distribuyera entre sus trabajadores en doce cuotas, permitiendo con ello su pago al personal que fue contratado en reemplazo de aquel cuya relación laboral terminó durante esa anualidad.Asimismo, y dado lo anterior, solicita se precise la situación de aquellos empleados que no obstante haber cumplido funciones al 31 de diciembre de 2015, fueron desvinculados durante el 2016, en orden a si el beneficio les debió ser enterado en su totalidad o de modo proporcional a los meses trabajados.Requerido su informe, la SUBDERE señaló que la recomendación contenida en su circular N° 38, de 2016, se ajustó a la normativa que regula la materia, toda vez que los antedichos recursos deben ser enterados solo a aquellos trabajadores que satisfacen las condiciones previstas por el legislador, entre ellas, haberse desempeñado durante el año 2016, por lo que si alguno fue desvinculado, perdió el derecho a obtener el beneficio.Sobre el particular, la letra b) de la glosa 01, correspondiente a la partida 05, capítulo 05, programa 03, subtítulo 24, ítem 03, asignación 403 “Municipalidades (Compensación por Predios Exentos)”, de la citada ley N° 20.882, dispuso que el monto que ahí se indica se distribuirá sólo entre aquellos municipios que informen que efectúan, en forma externalizada, completa o parcialmente, el servicio de recolección y/o transporte de residuos sólidos domiciliarios y/o servicio de barrido de calles.Agregó ese literal, en lo que interesa, que las municipalidades debían comunicar a la SUBDERE, hasta el 29 de febrero de 2016, la información necesaria para la distribución de los recursos señalados, debiendo incluir la identificación de las empresas proveedoras de los servicios referidos y de las personas contratadas por ellas al 31 de diciembre de 2015, a fin de que esa Subsecretaría dictara una resolución con el monto correspondiente a cada una de las...

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