Dictamen nº 240630 de Contraloría General de la República, de 29 de Julio de 2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 908311082

Dictamen nº 240630 de Contraloría General de la República, de 29 de Julio de 2022

Fecha29 Julio 2022
Tipo de documentoGenerales

Nº E240630 Fecha: 29-VII-2022

La División de Auditoría de esta Entidad de Control consulta si corresponde exigir la declaración de intereses y patrimonio (DIP) en casos como el que expone, de un exfuncionario del Servicio de Salud de Antofagasta, que fue designado en calidad de profesional a contrata, grado 8, con asignación de funciones como director de un hospital.

Requerido su informe, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia manifestó que el referido exfuncionario no se encontraba obligado a efectuar una DIP, toda vez que no se hallaba comprendido en las hipótesis del artículo 4º de la ley Nº 20.880, particularmente su Nº 10, el cual establece los supuestos para que una autoridad o funcionario, distintos de los mencionados en los numerales anteriores, deba cumplir con dicho mandato legal.

Consultada al efecto, la Subsecretaría de Redes Asistenciales remitió copia de un oficio por medio del cual instruye al director del Servicio de Salud de Antofagasta el cumplimiento irrestricto de la normativa sobre DIP en la repartición de su dependencia.

Sobre la materia, el indicado numeral 10 del artículo de la ley N° 20.880 -sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses-, dispone que se encuentran obligados a rendir una DIP “Las demás autoridades y personal de planta y a contrata, que sean directivos, profesionales y técnicos de la Administración del Estado que se desempeñen hasta el tercer nivel jerárquico de la respectiva planta de la entidad o su equivalente”.

La misma norma añade que para establecer la referida equivalencia “deberá estarse al grado remuneratorio asignado a los empleos de que se trate y, en caso de no tener asignado un grado, al monto de las respectivas remuneraciones de carácter permanente”.

Por otra parte, según consta en el Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado -SIAPER-, que mantiene esta Contraloría General, la persona por la que se consulta fue designada para ejercer labores en el Servicio de Salud de Antofagasta, desde el 9 de julio de 2019 al 3 de abril de 2020, en calidad de contrata, asimilada a la planta profesional, grado 8, con asignación de funciones como director del Hospital Comunitario 21 de Mayo de Taltal.

Precisado ello, cabe recordar que, mediante el artículo 1º del decreto con fuerza de ley Nº 4, de 2017, del Ministerio de Salud, que fijó la Planta de Personal del Servicio de Salud de Antofagasta, es posible apreciar que...

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