Dictamen nº 1158 de Contraloría General de la República, de 12 de Enero de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239920926

Dictamen nº 1158 de Contraloría General de la República, de 12 de Enero de 2001

N° 1.158 Fecha: 12-l-2001

La Fuerza Aérea de Chile ha consultado a esta Contraloría General acerca de la procedencia de que el Hospital Clínico de aquella institución suscriba un convenio con la Empresa Transbank, administradora de tarjetas de crédito bancarias, con el objeto de permitir el pago, a través de este sistema., de las prestaciones de salud que otorga dicho establecimiento hospitalario a sus pacientes particulares.

Expresa la Fuerza Aérea de Chile que se estima del todo ventajoso para la institución la celebración de un convenio de dicha índole, dado que el fundamento de dicha negociación atendería a la necesidad del Hospital de recaudar recursos de manera eficiente y oportuna por las prestaciones de salud otorgadas a los pacientes particulares con el fin de proseguir brindándoles una atención médica de excelencia. En segundo término, estima que sería beneficioso instaurar un sistema de dicha naturaleza en el establecimiento referido, en atención a los diversos conflictos a que se ve enfrentado por los incumplimientos en el pago de las prestaciones médicas por parte de pacientes particulares, lo que acarrea una merma en el patrimonio fiscal. Por último, estima que dicha posibilidad encontraría sus fundamentos en el ordenamiento jurídico vigente, atendidas las facultades que asisten al director del hospital mencionado y el carácter no personal del servicio a que se hace alusión.

Al respecto, cabe señalar en relación a las tarjetas de crédito que no existe una normativa legal específica sobre tales operaciones. Sin embargo es dable anotar que ellas, como se expresara en el dictamen N° 14.568, de 1998, de este órgano de Control, se encuentran reguladas en el Capítulo III. J. 1. del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile, sobre "Emisión u Operación de Tarjetas de Crédito", el que distingue en este tipo de operaciones diversas relaciones jurídicas entre las cuales cabe destacar, y en lo que interesa, aquélla que se da entre la entidad emisora, a quien se dirige el interesado en contar con una tarjeta de crédito, convirtiéndose en el usuario o titular de la misma, y entre esa entidad y una empresa o establecimiento afiliado que se compromete a aceptar el pago de sus ventas o servicios con el uso de la tarjeta y la firma del comprobante respectivo, por parte del usuario.

Como puede apreciarse, la consulta de la especie se refiere precisamente a este segundo vínculo, toda vez que se trata de determinar si el Hospital...

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