Dictamen nº 212763 de Contraloría General de la República, de 11 de Mayo de 2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 903212345

Dictamen nº 212763 de Contraloría General de la República, de 11 de Mayo de 2022

Fecha11 Mayo 2022
Tipo de documentoGenerales

Nº E212763 Fecha: 11-V- 2022

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), para solicitar un pronunciamiento que aclare el ámbito presupuestario de aplicación del nuevo criterio contenido en el dictamen N° E173171, de 2022, de este origen, determinando si este último se aplica a las contrataciones de personal a honorarios de ese organismo que, en su caso, se efectúan con cargo al Ítem 03 del Subtítulo 24 del Programa 01, Capítulo 02, Partida 25, de la ley N° 21.395, de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2022, de acuerdo a la glosa respectiva.

Como cuestión previa, es necesario precisar que en el citado Ítem 03 del Subtítulo 24 -relativo a transferencias corrientes a otras entidades públicas- se contemplan las asignaciones 200 “Administración de Procesos de Evaluación de Impacto Ambiental” y 300 “Administración Sistema SEIA Electrónico”, que consisten en programas que, según se desprende de la presentación, ejecuta el propio SEA.

Enseguida, cabe anotar que la glosa 04 del referido Ítem prevé que con cargo a estos recursos se podrá financiar todo tipo de gastos que demande la ejecución de los aludidos programas, incluidos los de personal, que comprenden hasta 84 personas para el primero de estos y 4 para el segundo, añadiendo que las personas que se contraten podrán tener la calidad de agente público, para todos los efectos legales, incluidas la responsabilidad administrativa y penal que pudiera derivar del ejercicio de tales funciones.

Puntualizado lo anterior, debe recordarse que el citado dictamen N° E173171, de 2022, en el apartado II.4, Ámbito presupuestario de aplicación del nuevo criterio, previó que dicho pronunciamiento se aplica a las contrataciones a honorarios cuyos pagos se dispongan con cargo al Subtítulo de "gastos en personal" del pertinente programa para el funcionamiento permanente del organismo de que se trate, normalmente correspondiente al Programa 01 de los presupuestos de los órganos de la Administración del Estado.

Lo anterior, podría haber llevado a entender que el nuevo criterio se aplica solo a las contrataciones a honorarios con cargo al Subtítulo 21 -al cual no se refirió el dictamen de manera expresa-, para aquellos servicios regidos por el decreto N° 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que determina las Clasificaciones Presupuestarias.

Sin embargo, es menester indicar que el nuevo criterio del dictamen N° E173171, de 2022, resulta también...

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