Dictamen nº 136597 de Contraloría General de la República, de 7 de Septiembre de 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 875546591

Dictamen nº 136597 de Contraloría General de la República, de 7 de Septiembre de 2021

Fecha07 Septiembre 2021
Tipo de documentoGenerales

Nº E136597 Fecha: 07-IX-2021

El Secretario General del Senado ha remitido una presentación efectuada por la senadora Marcela Sabat Fernández, en la que se solicita instruir a los servicios públicos sobre la aplicación de la ley N° 21.351, que modifica la ley N° 21.247, otorgando prestaciones excepcionales a trabajadores que han hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales. Ello, en el contexto que dicha parlamentaria habría recibido varias denuncias de servidoras públicas que requieren hacer uso de ese beneficio y sus jefes de servicio no se lo estarían permitiendo.

A su vez, la Secretaría de la Comisión de la Mujer e Igualdad de Género del Senado remite una presentación de la senadora Isabel Allende Bussi, en que manifiesta su preocupación por una pronta y adecuada interpretación e implementación del texto legal precitado para el sector público, de manera que se cumplan los objetivos de protección también para los y las funcionarias en su rol de padres o madres.

En tanto, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados solicita se informe si esta Entidad Fiscalizadora, en el marco de la ley N° 21.247, emitirá un pronunciamiento sobre la aplicación de dicha normativa.

En este mismo sentido, el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género solicita a esta Entidad Fiscalizadora que se impartan instrucciones sobre la interpretación de las normas incorporadas por la ley N° 21.351 a la ley N° 21.247, en el contexto del ejercicio de esos beneficios para los funcionarios públicos, relativos a las medidas que deben implementar los organismos públicos para dar cumplimiento a la referida preceptiva.

Asimismo, la Federación Nacional de Trabajadores de la Salud, la Confederación Democrática de Profesionales Universitarios de la Salud y la Confederación de Funcionarios de la Salud Municipalizada han formulado consultas referidas a la mencionada ley N° 21.351, especialmente en relación con la percepción de incentivos y bonos de las funcionarias de ese sector. Ello, por cuanto esa ley ha definido la extensión de la licencia médica preventiva parental como un permiso sin goce de remuneraciones, lo que afectaría la percepción de todos los beneficios que requieren de trabajo efectivo para su pago.

Requeridos de informe, la Superintendencia de Seguridad Social y la Dirección de Presupuestos han cumplido con remitirlo señalando, en síntesis, que la licencia médica preventiva parental que extendió la ley N° 21.351 al...

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