Dictamen 3634-2021 de Superintendencia de Seguridad Social de 30 de septiembre de 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 876933807

Dictamen 3634-2021 de Superintendencia de Seguridad Social de 30 de septiembre de 2021

Fecha30 Septiembre 2021
ReceptorJefes de servicios y gerentes generales entidades administradoras según distribución
Normativa aplicadaLey N°16.395, D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Decreto N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud.
EmisorSuperintendencia de Seguridad Social (Chile)

1. En el contexto de la situación sanitaria que afecta al país, esta Superintendencia ha impartido diversas instrucciones para el Régimen de Prestaciones Familiares, entre las cuales destacan aquellas que dicen relación con la continuidad de los reconocimientos de causantes de asignación familiar estudiantes mayores de 18 años.

En efecto, mediante los Oficios N°s 1.228, 2.813 y 1.218, de "CONC", este Organismo instruyó a las entidades administradoras lo siguiente: a) Tratándose de un causante de asignación familiar que se encontraba con reconocimiento vigente como estudiante y respecto de quien correspondía acreditar la continuidad de sus estudios hasta el 30 de septiembre de 2020, la vigencia de su reconocimiento se extendió hasta el 30 de septiembre de 2021 y b) Tratándose de un causante de asignación familiar, cuyos estudios se iniciaron el año 2021 o que fueron reiniciados en dicho año por haber perdido la continuidad de años anteriores, se estableció que la entidad respectiva debía verificar el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos establecidos por la normativa vigente sobre la materia. En ambas situaciones, si los estudios de un mayor de 18 años no se acreditaron en el plazo indicado en el numeral 3.3.2.1 de la Circular N°2.511, de 2009, de esta Superintendencia, correspondía que la entidad administradora ponderara los demás antecedentes disponibles, y de ser procedente, solicitara los reintegros de los montos pagados indebidamente por el período en que se verifique el incumplimiento.

2. Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con señalar que, con fecha 30 de septiembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial el Decreto N°39, del Ministerio de Salud, que modificó el artículo 10° del Decreto N°4, de 2020, del mismo Ministerio, estableciendo que los efectos de dicho cuerpo legal tendrán vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2021, sin perjuicio de que se ponga término anticipado por cambio de las condiciones sanitarias.

Atendido lo anterior, esta Superintendencia ha estimado pertinente impartir las siguientes instrucciones en relación con la acreditación de estudios de causantes de asignación familiar mayores de 18 años y hasta los 24 años de edad:

a. Mantención del beneficio

En el caso de un causante de asignación familiar que se encuentra con reconocimiento vigente como estudiante y respecto de quien se debe...

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