Dictamen 28270-2023 de Superintendencia de Seguridad Social de 28 de febrero de 2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 926067679

Dictamen 28270-2023 de Superintendencia de Seguridad Social de 28 de febrero de 2023

Fecha28 Febrero 2023
ReceptorParticular
Normativa aplicadaLeyes N°s. 16.395, 17.322 y 18.833.
EmisorSuperintendencia de Seguridad Social (Chile)

Visto:

Leyes N°s. 16.395, 17.322 y 18.833. D.S. N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud, D.S. N°104, del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, prorrogado por el D.S. N°269, de 12 de junio de 2020, del citado Ministerio y las Resoluciones N°s 6, 7 y 8, de 2019, de la Contraloría General de la República que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

Que, mediante presentación de 26/12/2022, ha recurrido a esta Superintendencia una persona, en representación de una empresa , solicitando que la C.C.A.F. acceda a con donar las multas que aplicó a la citada entidad a causa del retraso en que incurrió en la declaración y pago de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, correspondientes al mes de diciembre de 2022. En su presentación, la empresa interesada expone que el representante legal de la empresa fue asaltado pocos días antes del término del plazo para efectuar la declaración y pago, ocasión en la que la víctima quedó en muy mal estado de salud y donde le sustrajeron las tarjetas de crédito de la empresa junto con la documentación necesaria para efectuar la declaración de las cotizaciones, debiéndose generar nuevas claves las que no fue posible validar oportunamente por la entidad financiera, por razones que escapan a la capacidad de la empresa empleadora.

Que, argumenta la reclamante que esta circunstancia causó que no se pudieran efectuar a tiempo la declaración y pago, cuyas gestiones se iniciaron igualmente el último día de plazo no alcanzando a ingresar la totalidad de las cotizaciones, motivo por el cual quedó sin poderlas ingresar.

Que, se ha presentado documentación que acredita el asalto sufrido por el representante de la empresa empleadora, la gravedad de éste, la sustracción de las tarjetas de empresa, los certificados médicos que constatan el delicado estado de salud de la víctima quien no pudo recuperar antes del plazo de término, los documentos y validar medios de pago con el respectivo Banco, las gestiones con el entidad financiera para validar las claves en el tiempo requerido, la entrega por el Banco de las claves, el último día de plazo para el pago, la solicitud de con donación de la empresa a la CCAF el mismo día del ingreso fallido del pago.

Que, la CCAF detectó que el día 09 de diciembre de 2022, la empresa no hizo la declaración y no pago (DNP) de las planillas...

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