El diálogo entre doctrina, Constitución y Cortes para el establecimiento de los contenidos mínimos de derechos sociales fundamentales. La convergencia de categorías (con especial referencia al derecho al mínimo vital) - Núm. 2-2017, Noviembre 2017 - Revista de Estudios Constitucionales - Libros y Revistas - VLEX 705046821

El diálogo entre doctrina, Constitución y Cortes para el establecimiento de los contenidos mínimos de derechos sociales fundamentales. La convergencia de categorías (con especial referencia al derecho al mínimo vital)

AutorLuis Alberto Petit Guerra
Páginas203-227
203
EL DIÁLOGO ENTRE DOCTRINA, CONSTITUCIÓN
Y CORTES PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LOS
CONTENIDOS MÍNIMOS DE DERECHOS SOCIALES
FUNDAMENTALES. LA CONVERGENCIA DE
CATEGORÍAS (CON ESPECIAL REFERENCIA
AL DERECHO AL MÍNIMO VITAL)*
thE dialoguE bEtwEEn doCtrinE, Constitution and Courts For
thE stablishmEnt oF thE minimun ContEnt oF soCial FundamEntal
rights. thE ConvErgEnCE among thE CatEgoriEs (with spECial
rEFErEnCE to thE vital minimun right
luis albErto pEtit guErra**37
Becario para el programa PHD Constitucional
Justice and Fundamental Rights (2017-2019), Universidad de Pisa, Italia.
luispetitguerra@hotmail.com
Resumen: En la determinación de los contenidos mínimos de derechos sociales fundamentales
han convergido una serie de categorías constitucionales (contenido esencial/contenido mínimo vital)
para intentar dar respuestas. Aunque han nacido en el derecho público europeo (desde su doctrina y
jurisprudencia) y trasladado –en virtud de esa inf‌luencia– a varios países de ese continente y después a
nuestra América; también lo es, que desde la recepción latinoamericana se han producido avances bien
importantes a nivel jurisprudencial que ha permitido identif‌icar un interesante f‌lujo de información
entre los sistemas. Se identif‌ica un diálogo interno entre doctrina, Constitución y jurisprudencia; hasta
un diálogo externo –entre Cortes– que enriquece un debate donde todo no está dicho.
* Trabajo recibido el 12 de noviembre de 2016 y aprobado el 4 de octubre de 2017.
** (i) Doctor en Derecho Constitucional, Universidad de Sevilla, España; (ii) Magíster en Derecho
Constitucional, Universidad de Sevilla, España; (iii) Especialista en Derecho Procesal Constitucional,
Universidad Monteávila, Venezuela; (iv) Especialista en Derecho Procesal Civil, Universidad Central de
Venezuela, Venezuela; (v) Ex Juez Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y tutela constitucional (2010-2015);
(vi) profesor de posgrado en Derecho Procesal Constitucional, Universidad Monteávila y de la Universidad
Central de Venezuela (UCV); (vii) Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal Constitucional
(IIDPC); (viii) Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal (IIDP); (ix) Miembro de la
Asociación Mundial de Justicia Constitucional (AMJC); (x) publicaciones y/o conferencias: Argentina,
Bélgica, Brasil, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Vaticano, España, Italia, México, Panamá, Perú,
Uruguay, Venezuela.
Estudios Constitucionales, Año 15, Nº 2, 2017, pp. 203-228
ISSN 07180105
Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca
“El diálogo entre doctrina, Constitución y Cortes para el establecimiento de los contenidos mínimos de
derechos sociales fundamentales. La convergencia de categorías”
Luis Alberto Petit Guerra
Estudios Constitucionales, Año 15, Nº 2
2017, pp. 203-228
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2017, pp. 203-228
Luis ALberto Petit GuerrA
AbstRAct: Establishing the minimum content of fundamental social rights, a series of constitutional
categories (essential content /minimum vital content) have converged to try to provide answers. Wich
were certainly born by the inf‌luence of the European public law (from its doctrine and jurisprudence)
and were transferred to several countries of that continent and soon to America; it is also true that
the Latin American reception has achieved some important advances at jurisprudential level that has
allowed to identify an interesting f‌low of information between the systems. An internal dialogue between
doctrine, Constitution and jurisprudence is identif‌ied; to an external dialogue –between Courts– that
enriches a debate but where not everything has been said.
PAlAbRAs clAve: Contenido de los derechos sociales mínimos. Contenido esencial. Derecho al
mínimo vital. Diálogo doctrina y jurisprudencia
KeywoRds: Content of minimum social rights. Essential content. Right to the vital minimum.
Dialogue doctrine and jurisprudence.
1. introito. dE las diFiCultadEs dEl
Comparativismo a su utilidad práCtiCa
Si bien no toda comparación es posible, en el sentido que se pueda transportar
en forma automática determinadas teorías y categorías de un sistema jurídico a
otro, en el caso del material que rodea la temática de los mecanismos de deter-
minación de los contenidos mínimos en derechos sociales fundamentales; esta
comunicación sistémica ha sido posible. Las necesidades de aquí y allá, en propor-
ción a sus distintas dif‌icultades, han creado –voluntaria o involuntariamente– una
interesante comunicación de sistemas, con notable inf‌luencia que se consolida
para impactar, en unos, con la recepción constitucional de algunas categorías
(contenido esencial); en otros, con el desarrollo jurisprudencial de otras (derecho
al mínimo vital para ciertos derechos sociales), e incluso, con la formulación legal
(derecho al mínimo vital sólo en forma de pensiones).
En buena medida, la jurisprudencia ha permitido materializar tal “diálogo”
que apunta en dos direcciones: en el plano interno de algunos países, la relación
doctrina-legislación-jurisprudencia; o, doctrina-constitución-jurisprudencia; en el
plano externo con la traslación de las instituciones (a suerte de ósmosis de sistemas);
la comunicación se centra entre la doctrina y la jurisprudencia; donde el papel de
las cortes ha sido primordial. Sin desconocer las dif‌icultades que apuntan cierta
comparación, en especial respecto a las diferencias conceptuales de instituciones
y sistemas, asumimos tal desafío, sobre todo, cuando siguiendo a G. Tisseau,
observamos con él que la realidad práctica supera el marco conceptual que los
operadores han previsto1. El tránsito de las ideas, sistemas, formas y mecanismos
1 tissEau (2014), p. 22.

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