Decreto 817 EXENTO - MODIFICA DECRETO QUE DETERMINA SISTEMA DE CODIFICACIÓN ÚNICA PARA REGIONES, PROVINCIAS Y COMUNAS DEL PAÍS EN LA FORMA QUE INDICA - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 238571146

Decreto 817 EXENTO - MODIFICA DECRETO QUE DETERMINA SISTEMA DE CODIFICACIÓN ÚNICA PARA REGIONES, PROVINCIAS Y COMUNAS DEL PAÍS EN LA FORMA QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO QUE DETERMINA SISTEMA DE CODIFICACIÓN ÚNICA PARA REGIONES, PROVINCIAS Y COMUNAS DEL PAÍS EN LA FORMA QUE INDICA

Núm. 817 exento.- Santiago, 10 de marzo de 2010.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; en el artículo 41 de la ley Nº 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en el numeral 2 del decreto Nº 139, de 2000, del Ministerio del Interior; en la ley Nº 20.368; en el decreto Nº 1.439, del año 2000 del Ministerio del Interior, y en la resolución Nº 1.600 del año 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, por decreto Nº 1.439, del año 2000, del Ministerio del Interior, se determinó un sistema de codificación única para las regiones, provincias y comunas del país. Dicho acto administrativo fue modificado por los decretos exentos Nº 1.352, de 2004 y Nº 910 de 2007, respectivamente, del mismo Ministerio, para incorporar a dicho sistema a comunas que fueron creadas posteriormente en el primero, y por la misma causa respecto de regiones y provincias, en el segundo;

  2. Que, la ley Nº 20.368 creó la provincia de Marga Marga en la Región de Valparaíso, norma legal que entrará en vigencia el 11 de marzo de 2010;

  3. Que, es necesario incorporar la provincia antes mencionada al sistema de codificación establecido por el decreto señalado precedentemente y adecuar el código de las comunas integrantes del señalado territorio, y

  4. Que, la fórmula de modificación del diseño del citado sistema de codificación fue consultado a diversas entidades de la Administración del Estado usuarias del mismo.

Decreto:

Artículo único

Modifícase el decreto Nº 1.439, del año 2000, del Ministerio del Interior, en el sentido de incorporar a la provincia que se indica al sistema que estableció el mencionado decreto, y de adecuar el código de las comunas que se señalan, en la forma siguiente:

Anótese y publíquese.- Edmundo Pérez Yoma, Ministro del Interior.

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