El desistimiento de la tentativa como evitación o impedimento imputable de la consumación - Núm. 30, Diciembre 2020 - Política Criminal - Libros y Revistas - VLEX 873683486

El desistimiento de la tentativa como evitación o impedimento imputable de la consumación

AutorJuan Pablo Mañalich
CargoDoctor en derecho, Profesor titular del Departamento de Ciencias Penales, Universidad de Chile
Páginas780-810
MAÑALICH, Juan Pablo: “El desistimiento de la tentativa como evitación o impedimento
imputable de la consumación”.
Polít. Crim. Vol. 15, Nº 30 (Diciembre 2020), Art. 9, pp. 780-810
[http://politcrim.com/wp-content/uploads/2020/12/Vol15N30A9-.pdf]
El desistimiento de la tentativa como evitación o impedimento imputable de la
consumación
The Abandonment of a Criminal Attempt as Imputable Avoidance or Prevention of
the Offense’s Consummation
Juan Pablo Mañalich R.
Doctor en derecho
Profesor titular del Departamento de Ciencias Penales, Universidad de Chile
jpmanalich@derecho.uchile.cl
Resumen
El artículo presenta una caracterización estructural del desistimiento de la tentativa, centrada
en la exigencia de su eficacia. Sobre esta base, como desistimiento de una tentativa solo
puede venir en consideración un comportamiento que admita ser descrito como la evitación
o el impedimento de la consumación del delito respectivo, según si la tentativa de cuyo
desistimiento se trata tiene el carácter de inacabada o acabada, respectivamente. Tras
esclarecer el diferente estatus deóntico que exhibe el desistimiento en uno y otro caso, el
trabajo analiza detalladamente las condiciones de imputación de cuya satisfacción depende
que la evitación o el impedimento de la consumación sea interpretable como un desistimiento
(eficaz) de la tentativa, también en referencia a los casos en que esta es imputable a varios
co-intervinientes.
Palabras clave: desistimiento, tentativa inacabada y acabada, eficacia del desistimiento,
supererogación, imputación
Abstract
The article presents a structural characterization of an attempt’s abandonment, focused on
the requirement of its effectiveness. Upon this basis, as the abandonment of an attempt only
a behavior-token described as the avoidance or the prevention of the offense’s consummation
can come into consideration, according to whether the given attempt counts as incomplete or
complete, respectively. After clarifying the distinct deontic status exhibited by an
abandonment in each of both cases, the article analyses the imputation conditions the
satisfaction of which determines whether the avoidance or prevention of the offense’s
consummation may be interpretable as the (effective) abandonment of its attempt, also with
regard to cases in which the latter is imputable to a plurality of co-perpetrators or
accomplices.
El presente artículo ha sido elaborado en e l marco del Pro yecto Fondecyt Nº 1160147 (regular), del cual el
autor fuera investigador responsable. Agradezco a Antonia Silva Lioi, ayudante ad honorem del Departamento
de Ciencias Penales, por su ayuda en la revisión del borrador.
MAÑALICH, Juan Pablo: “El desistimiento de la tentativa como evitación o impedimento
imputable de la consumación”.
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Keywords: attempt’s abandonment, incomplete and incomplete attempts, abandonment’s
effectiveness, supererogation, imputation.
1. El desistimiento como evitación obligatoria o impedimento supererogatorio de la
consumación
1.1. Acabamiento de la tentativa y oportunidad-para-el-desistimiento
La falta de antinormatividad que es definitoria de toda tentativa de delito resulta decisiva en
la explicación de la posibilidad de que su punibilidad resulte excluida como consecuencia de
su desistimiento.
1
Pues mientras el quebrantamiento de la norma imputable al agente no
resulte inequívoco,
2
en cuanto performativamente perfecto, aquel podrá revisar ese
quebrantamiento a través de una toma de posición a favor de la norma, esto es, a través de
un comportamiento que sea positivamente expresivo de su reconocimiento como premisa
vinculante.
El art. 7º del Código Penal chileno (en adelante: CP”) hace reconocible una decisión
legislativa favorable a la operatividad del desistimiento de la tentativa lato sensu como
condición de exclusión de la punibilidad de esta.
3
En lo inmediato, el inc. 2º del art. 7º
explícitamente condiciona la punibilidad de una tentativa acabada a título de “crimen o
simple delito frustrado” a que la consumación “no se verifi[que] por causas independientes
de [la] voluntad” del hechor. Esto convierte al impedimento (voluntario) de la consumación
por parte del autor en una condición negativa de la punibilidad de una tentativa acabada sub
specie delito frustrado.
4
Y si esto vale tratándose de una tentativa acabada, entonces a fortiori
tendría que valer, mutatis mutandis, tratándose de lo que el CP denomina, sin más, una
“tentativa”, esto es, de una tentativa inacabada.
5
En los términos del inc. 3º del art. 7º, ello
supone entender que la falta de uno o más “hechos directos” necesarios para el complemento
de la ejecución de delito ha de poder imputarse al agente como una evitación (voluntaria) de
su consumación.
6
En la medida en que tal exclusión de punibilidad de la tentativa queda sometida a la
satisfacción de una exigencia de eficacia del desistimiento, entonces este solo puede
consistir, stricto sensu, en la evitación o el impedimento de la consumación del delito que,
por esa vía, asume la forma de un delito tentado. Esto significa que a través de un
1
Para la correspondiente caracterización de la tentativa como “delito imperfecto”, véase MAÑALICH (2017),
pp. 462 y ss., 475 y ss.
2
Sobre ello, DOLD (2017), pp. 109 s., cuya propuesta teórica, con todo, no lleva a consecuencias idénticas con
las aquí alcanzadas.
3
Para una presentación panorámica de los más bien escasos pronunciamientos jurisprudenciales que se registran
a este respecto, véase BELMAR (2017), pp. 27 y ss., 54 y ss., 69 y ss., 72 y ss.
4
Ello determina que el concepto legal de delito frustrado quede definido como el concepto de una tentativa
acabada no voluntariamente desistida. De eso no se sigue, empero, que la falta de desistimiento sea un
componente del concepto de tentativa acabada.
5
Véase ya NOVOA (2005), pp. 140 y s.; t ambién ORTIZ (2016), pp. 385 y s. El argumento es reconocible en
la jurisprudencia de la Corte Suprema: véase su reciente sentencia de nulidad recaída en la causa rol Nº 17835-
19, de 21 de agosto de 2019, en su cons. 11º.
6
Así, GARRIDO (1984), pp. 187 y ss.

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