Deserción del recurso de casación (1) - Práctica Forense (materia civil) - Contratos - VLEX 903511512

Deserción del recurso de casación (1)

AutorAnibal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado. Universidad de Chile
Actualizado aMarzo 2022
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RUEGO A US.I.: se sirva, previo certificado del Sr. Secretario, declarar desierto el
recurso de apelación interpuesto, y ordenar que bajen los antecedentes al Tribunal a
quo, con costas.
* El término para comparecer en alzada, es -ahora- fatal.
La declaración de deserción se debe hacer, por la Corte, de oficio; pero la ley
faculta, al apelado, para solicitarla, verbalmente o por escrito
93.- Deserción del recurso de casación (1).
de Ingreso Corte: …………………..
Secretaría: …………………
Código: ………………
I. Corte.
..........................., por la parte del recurrido, don ........................, en autos sobre
............., en procedimiento ................, caratulados " ............. con ............... ", Ingreso
........ , a V.S.I., respetuosamente, digo:
El recurrente no se ha hecho parte, en vuestro tribunal, y se encuentra vencido, el
término que él tenía, al efecto.
POR TANTO,
y de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 200 y 201 del Código de Procedimiento
Civil,
RUEGO A US.I.: previo certificado del Sr. Secretario, declarar desierto el recurso de
casación interpuesto; y ordenar que bajen los antecedentes al Tribunal a quo, con
costas de esta gestión.
* Este escrito será, ordinariamente, firmado por el Abogado de la parte recurrida;
pero si ya se hubiere designado Procurador del Número, podrá éste formular la
petición. Ver "Parte. Hacerse parte", varios.

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