Derechos sociales con impacto en la economía y finanzas públicas - 19 de Abril de 2020 - El Mercurio - Noticias - VLEX 842860261

Derechos sociales con impacto en la economía y finanzas públicas

Aparte del trabajo, hay cuatro derechos en la Constitución que tienen implicancias económicas o fiscales: medio ambiente, salud, educación y seguridad social (ver recuadro).El origenEnrique Navarro, abogado constitucionalista, profesor de la U. de Chile y exmiembro del Tribunal Constitucional (TC), dice que la educación pública viene asegurada desde la Constitución de O'Higgins de 1822 y, después, como una actividad preferente del Estado, en la de 1833. Marisol Peña, académica de la U. Católica y expresidenta del Tribunal Constitucional (TC), atribuye a la Constitución de Weimar (Alemania, 1919) el origen del reconocimiento de derechos sociales. Javier Couso (DC), abogado constitucionalista y académico de la U. Diego Portales, señala como antecedente la Constitución mexicana de 1917.Claro que la mayor expansión del reconocimiento constitucional de los derechos sociales ocurrió tras la Segunda Guerra Mundial, indica Peña: la Constitución italiana de 1947, que "promueve la protección de la maternidad, la infancia y a la juventud, y el derecho a la salud, entre otros", y la Ley Fundamental de la República Federal de Alemania (1949), que "introdujo disposiciones sobre derechos sociales, como la protección de la maternidad".En Chile, agrega, fue la Constitución de 1925 la primera en reconocer derechos sociales, "como deber del Estado de velar por la salud pública y el bienestar higiénico del país". Y luego, "fue decididamente la Constitución de 1980 la que incorporó el derecho a la educación, a la salud y a la seguridad social asegurados a todas las personas", afirma."La protección constitucional del medio ambiente fue una innovación positiva, e incluso pionera para la época, de la Constitución de 1980", reconoce Claudia Heiss, miembro de la Mesa Técnica Constitucional por Revolución Democrática (RD). Esta inclusión fue inspirada por la Constitución española de 1978, explica.Javier Couso indica que hay mucha variedad entre países en el tratamiento que dan a los derechos sociales. "Muchos no lo tratan constitucionalmente, entregando solo a la ley la materialización de derechos sociales, y han organizado sistemas de protección social extraordinarios: Nueva Zelandia, Canadá, Holanda, Suecia o Dinamarca. Otros sí lo reconocen, como Colombia y Sudáfrica", dice.¿Cambiar, agregaro eliminar?"Yo solo sería partidaria de agregar, por ahora, el derecho a una vivienda digna", indica Marisol Peña, y agrega que "incluiría una cláusula abierta en materia de derechos humanos", lo que significaría que la enumeración de derechos que contiene la Constitución no es obstáculo "para el reconocimiento de otros que derivan igualmente del valor de la dignidad humana", sostiene. Peña agrega que esta cláusula es parte de varias constituciones contemporáneas y "ha favorecido el desarrollo judicial de nuevos derechos sin tener que estar modificando a cada rato la Carta".Para Claudia Heiss, "es necesario reforzar el deber del Estado de garantizar el acceso de las personas a la satisfacción de sus derechos sociales". Eliminaría...

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