Derechos del consumidor: Reclamos y atribuciones del Sernac - 8 de Julio de 2017 - El Mercurio - Noticias - VLEX 685447953

Derechos del consumidor: Reclamos y atribuciones del Sernac

¿Ante qué casos actúa el Sernac?

El organismo actúa ante el reclamo de un consumidor, a través de la mediación, como también procede ante un hecho que afecte el interés público mediante una denuncia ante la justicia.

De manera preventiva, también lo hace a través de estudios, investigaciones y difusión de información de consumo.

¿Existe algún plazo para hacer un reclamo?

Todo hecho que pueda implicar una infracción a la Ley 19.496 de Protección de los Derechos del Consumidor debe ser puesto en conocimiento de la justicia hasta seis meses después de acontecido.

¿Puedo obtener indemnizaciones a través de un reclamo?

No. El Sernac no está autorizado por ley a exigir a los proveedores el pago de indemnizaciones que reparen los daños sufridos por el consumidor. Por lo tanto, es el mismo consumidor quien debe demandar la indemnización ante el juzgado de policía local competente.

¿Es necesario contar con un abogado para hacer una denuncia judicial en materia de consumo?

No, basta con presentar, por escrito y personalmente, la denuncia en el juzgado de la comuna donde se realizó la compra o la contratación del servicio.

¿Qué cosas no se pueden reclamar?

La regla principal es verificar si el problema que afecta a una persona tiene alguna oficina de gobierno que deba revisar los antecedentes. En este caso se encuentran las distintas superintendencias, como la de Bancos, Seguros, Salud, Electricidad y Combustible, Aguas, etc. Si así fuera, siempre debe recurrirse primero a dicha oficina a interponer el respectivo reclamo.

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