Los derechos de aprovechamiento de aguas en Chile y su marco regulatorio - Núm. 4, Diciembre 2013 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 643501829

Los derechos de aprovechamiento de aguas en Chile y su marco regulatorio

AutorPablo Aranda Valenzuela
Cargo2Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad de Chile
Páginas105-121
Los derechos de aprovechamiento de aguas en chiLe y su marco reguLatorio
Revista de Derecho · Escuela de Postgrado Nº 4, diciembre 2013
Páginas 105 - 122
ISSN 0719 - 1731
105
DOCTRINA
LOS DERECHOS DE APROVECHAMIENTO
DE AGUAS EN CHILE Y SU MARCO
REGULATORIO*1
the WateR use Rights in chile and its RegulatoRy FRameWoRK
les dRoits dusage des eaux au chili et leuR
cadRe RégulateuR
Pablo aRanda valenzuela**2
Resumen
Este artículo trata sobre la administración del recurso hídrico en Chile a través del mercado.
El autor realiza una descripción del sistema regulatorio en materia hídrica a partir del Código
de Aguas de 1981 a la fecha, refiriéndose asimismo a las potestades de la agencia asignadora
del agua, reflexiona acerca de las fallas que presenta el sistema de mercado en la asignación
de las aguas y las características peculiares –únicas en el mundo– de las asignaciones. Para
concluir realiza propuestas para un mejor funcionamiento del sistema hídrico, tendientes a
una eficiente utilización del recurso hídrico.
PalabRas clave: Derecho de aprovechamiento de las aguas – Mercado – Potestades Agencia
Asignadora
abstRact
This article analyzes the administration of water resources in the Chilean market. The au-
thor describes the normative system regarding hydric resources. The description is based on
the Water Code from 1981, considering also the faculties of the water resources allocation
agency. The article also addresses the failures of the market system in the allocation of water
resources and the unique characteristics of the aforementioned allocations. To conclude, there
are some proposals for the better operation of the water resources allocation system in order
to give a better use to water resources.
Key woRds: Water right – Market – Powers water resources allocation agency
Résumé
Il s’agit d’analyser la gestion des ressources d’eaux au sein du marché chilien. D’abord, on
fait une description autour de la réglementation sur les questions principales concernant le
sujet à partir du Code des eaux de 1981 à ce jour, en étudiant également aux pouvoirs de
l’agence de l’attribution de cette ressource; en outre, on réflechit aussi sur les échecs du systè-
me de marché dans l’allocation des eaux et ses caractéristiques uniques dans le monde. En
conclusion, on fait des propositions pour améliorer le fonctionnement du système des eaux,
visant à son utilisation efficace.
mots clés: Droit d’exploitation des eaux – Marché – Pouvoirs agence de l’attribution
*1Artículo recibido el 2 de abril de 2013 y aceptado para su publicación el 21 de agosto de 2013.
**2Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad de Chile. Magíster (c) en Derecho Público
por la Universidad de Chile. Actualmente trabaja como Abogado de Proyectos de Energía Andina S.A.
Correo electrónico: paranda@energiandina.cl.
Revista de Derecho · Escuela de Postgrado Nº 4, diciembre 2013
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DOCTRINA
1. de la asignación de los deRechos de aPRovechamiento de las aguas1
como medio de inteRvención y Regulación estatal
El agua es recurso natural, único, finito e indispensable para todo organismo
viviente y, para la mayoría de las actividades económicas, el crecimiento de la po-
blación y de la economía, estimulan su demanda global. Actualmente existe una
sobreexplotación del recurso, situación que obedece a diversas razones, una de ellas
se encuentra en la gestión del recurso hídrico.
Chile es uno de los países que optó por el uso del mercado en la administración
del recurso hídrico. El Código de Aguas de 1981, creó mecanismos de mercado,
basados en la separación de los derechos de aprovechamiento de las aguas de la
propiedad de la tierra, fortaleció de manera significativa la propiedad privada,
eliminando toda posibilidad de caducar los derechos de agua directamente, por
parte de la Administración Pública, suprimiendo toda norma que pudiera debilitar
la propiedad, limitando en especial las potestades de la autoridad que pudieran
afectarla. De esta manera, aumentó la autonomía privada en el uso de las aguas,
favoreciendo los mercados libres de derechos de agua hasta un extremo sin pre-
cedentes.
El ordenamiento jurídico vigente, relativo al recurso hídrico, y particularmente
el Código de Aguas, aún con las modificaciones de la Ley Nº 20.017, proyecto de
ley que luego de una tramitación de 13 años en el Congreso, intentó mejorar el
cuerpo legal existente instaurando algunas normas de carácter ambiental como las
que establecieron un “caudal ecológico mínimo”, requisito para otorgar derechos de
aguas2. También se estableció el pago de una patente anual por el no uso de derechos
de aprovechamiento, así como el otorgamiento de potestades más contundentes a
la Dirección General de Aguas, en materia de distribución de las aguas únicamente
en situaciones excepcionales de escasez y disponibilidad. Sistema que se basa de
manera irrestricta en la protección de la libre determinación y ejercicio del titular
de su(s) derecho(s) de aprovechamiento de agua en la actividad que desee.
La falta de exigencias o imposiciones que representen condiciones o requisitos
para la constitución y ejercicio, de los derechos de aprovechamiento de las aguas,
hacen que la utilización de un bien de uso público3 quede regulada casi exclusiva-
1 El Código de Aguas clasifica en primer término a las aguas en marítimas y terrestres, para luego declarar
que la legislación contenida en él sólo es aplicable a las aguas terrestres. Sin embargo, contiene además otras
clasificaciones, en que se considera su situación en el espacio, es decir si se trata de aguas superficiales y sub-
terráneas; su movilidad, aguas corrientes y detenidas; y su calificación jurídica en cuanto bien, si es mueble
o inmueble. Para efectos del presente documento nuestro análisis dirá relación con las aguas terrestres.
2 PRogRama chile sustentable (2010). Marco jurídico para la gestión del agua en Chile: Diagnóstico y
Desafíos”, Santiago, p. 7. Disponible en: .chilesustentable.net/wp-content/uploads/kalins-pdf/
singles/marco-juridico-para-la-gestion-del-agua-en-chile-diagnostico-y-desafios.pdf>.
3 Así lo dispone el artículo 595 del Código Civil. Asimismo, se reafirma este carácter, de conformidad a lo
señalado por el Código de Aguas en su artículo 5.

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