Derecho tributario - Núm. 2, Noviembre 2020 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 852362528

Derecho tributario

Páginas58-59
Industria Legal
mcarloza@abcia.cl
Mauricio Carloza
Avenida Isidora Goyenechea 3250, piso 12, Las Condes, Santiago
www.abcia.cl
A nivel global, la digitalización de la
economía ha planteado diversos desafíos a
los sistemas tributarios, en especial al
concepto de “presencia física” como
elemento base para la aplicación de normas
sobre tributación internacional.
Como respuesta a esta realidad, la OCDE y
el G20 han creado el “Marco inclusivo BEPS”
(integrado por 137 países) y desarrollado los
proyectos “Pilar Uno” y “Pilar Dos”, cuyo
propósito es la elaboración de soluciones
multilaterales consensuadas para hacer
frente a los desafíos tributarios derivados de
la digitalización, evitando que las empresas
de servicios digitales -esencialmente,
multinacionales- no paguen impuestos en
países en los que frecuentemente desarrollan
actividades, sólo porque sus sistemas
tributarios son insuficientes para gravar
servicios prestados sin presencia física. El
sentido de ambos proyectos es evitar una
proliferación de países implementando
medidas unilaterales, descoordinadas y
distorsivas (por ejemplo, impuestos a los
servicios digitales) y crear un ambiente
favorable para la inversión y el crecimiento
económico. Así, el pasado 12 de octubre, la
OCDE hizo un llamado público a la
contribución de propuestas y comentarios
sobre los proyectos, que serán discutidos en
reuniones consultivas durante enero de 2021.
Contrario a lo anterior, Chile implementa un
“IVA a los servicios digitales” cuyos hechos
gravados en su mayoría ya estaban afectos a
impuesto adicional (IA), como es el caso de
las regalías, publicidad y servicios pagados al
exterior.
Muestra de ello es que este IVA sólo grava a los
servicios digitales no afectos o exentos de IA -
por aplicación de una norma doméstica o un
convenio de doble tributación-. Así, un “software
estándar” está afecto a un 19% de IVA, mientras
un software “a la medida” paga 15% (IA) ¿Cuál
es la lógica subyacente? Ninguna.
Paradójicamente, el nuevo impuesto resulta ser
una medida unilateral, descoordinada y
distorsiva, contraria a los estándares que la
OCDE busca implementar. Mientras esto
perdure, se recomienda analizar los efectos del
IVA a los impuestos digitales antes de tomar
cualquier decisión económica relevante y evitar
sorpresas ingratas.
DERECHO
TRIBUTARIO
Desafíos tributarios de la
digitalización: OCDE, Chile y un
impuesto incomprensible.

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