Derecho Publico - Núm. 1, Septiembre 2020 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 852253375

Derecho Publico

Páginas50-51
Industria Legal
gdb@schwenckecia.com
Gustavo Delgado
Avenida Los Conquistadores 1700, piso 16, Providencia, Santiago
www.schwenckecia.com
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) ha
dado a conocer el informe preliminar de un
estudio de mercado, que contiene
recomendaciones para perfeccionar el
sistema de la Ley N° 19.886. El informe
recoge un unánime y antiguo cri de coeur
de la doctrina administrativista: la
ampliación de la competencia del Tribunal
de Contratación Pública (TCP). Hoy, el
TCP sólo tiene competencia para conocer
vicios ocurridos en licitaciones públicas
antes de la celebración de contratos
regidos por la Ley N° 19.886. El límite es
triple: conflictos surgidos en una etapa (la
precontractual) de la vida de algunos
contratos (los de compras de bienes
muebles, de prestación de servicios y de
concesión y ejecución de obras públicas)
de ciertos órganos del Estado (los
administrativos). En nuestra opinión, la
más problemática de estas limitaciones es
la que impide al TCP conocer sobre la
celebración de los contratos adjudicados:
restringe el fin buscado por el legislador al
crear el tribunal (competencia
especializada), obstaculiza el control de la
actividad administrativa y genera
incertidumbre e indefensión para los
particulares en una etapa especialmente
sensible de la contratación (según datos
del TCP, la resolución adjudicatoria es el
acto administrativo más reclamado en esta
sede). Es común que los contratos
terminen celebrándose a pesar de existir
un reclamo contra su adjudicación ante el
TCP, dada la configuración de la
competencia cautelar del tribunal y su alta
carga de trabajo.
Esto importa que los afectados se ven
obligados a ocurrir adicionalmente a tribunales
ordinarios, de competencia común, si
pretenden una sentencia ejecutable. Y como
es previsible, los juzgados de letras en lo civil
terminan resolviendo problemas de Derecho
Público con soluciones de Derecho Privado.
Nada de esto es deseable. Es de esperar que
el legislador atienda, entonces, al llamado de
la FNE. Será un paso más en el largo camino
hacia la consolidación de un sistema
contencioso-administrativo a la chilena.
DERECHO
PÚBLICO
Control judicial de la contratación
administrativa: una nueva oportunidad
para el legislador

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