¿Derecho de propiedad reinterpretado? - 18 de Julio de 2014 - El Mercurio - Noticias - VLEX 520175574

¿Derecho de propiedad reinterpretado?

En declaraciones recientes, la ministra Secretaria General de la Presidencia se ha referido a la necesidad de revisar el alcance que la Constitución chilena le otorga al derecho de propiedad. Reconociendo que se trata de una garantía fundamental de las personas, y que es clave para el funcionamiento de la economía de mercado, ha añadido: "Nos interesa establecer un sistema de derechos más equilibrado y moderado, donde existan libertades personales, políticas y económicas por cierto, pero no que la propiedad sea el eje del sistema de derechos. Nos interesa también dar importancia a la dimensión social de la propiedad".

Estas expresiones, aunque puedan resultar sorpresivas, no provienen de la visión personal o de una reacción específica de la ministra, sino que reflejan las ideas que la Nueva Mayoría o una parte de ella viene elaborando desde hace algún tiempo, y que ya tuvieron una expresión concreta en el programa de gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet. En él se señalaba textualmente: "La Nueva Constitución, junto con reconocer el derecho a la propiedad privada, debiera contemplar la idea de que la propiedad obliga y que su uso debe servir al mismo tiempo al bien común. En esa línea, se requiere reconocer que la función social del derecho a la propiedad privada y a la herencia delimitará su contenido, de conformidad a la ley".

El derecho de propiedad es primordial para la convivencia social, pues hace posible un ejercicio efectivo de la libertad y de la autonomía de los ciudadanos. Además, como la historia lo muestra, es una de las bases esenciales del progreso, fomentando el esfuerzo, la innovación y la inversión, al permitir que quien siembra hoy sea el dueño de la cosecha mañana.

Pese a su innegable importancia, no es pertinente sostener, como lo hace la ministra, que el derecho de propiedad sea el eje del sistema de derechos. La Carta Fundamental reconoce y garantiza, con igual fuerza, múltiples otros, partiendo por el derecho a la vida y a la integridad física. A diferencia de lo que ocurría con la Constitución de 1925, no obstante, la actual contempla un recurso de protección...

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