Derecho minero - Núm. 2, Noviembre 2020 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 852362518

Derecho minero

Páginas44-45
Industria Legal
DERECHO
felipe.ossa@ppulegal.com
Felipe Ossa
El Golf 40, piso 20, Las Condes, Santiago
www.ppulegal.com
Es curioso lo que ocurre en nuestro país.
La minería ha sido históricamente uno de
los principales contribuyentes al desarrollo
económico y social de Chile. Junto con lo
anterior, incluso antes de la entrada en
vigencia de la institucionalidad ambiental,
la industria ha adoptado los más altos
estándares de cuidado del medio
ambiente y de uso eficiente del agua,
buscando desarrollar siempre sus
proyectos procurando la efectiva
protección del medio ambiente. Sin
perjuicio de lo anterior, se encuentra
actualmente en tramitación el proyecto de
ley de Protección de Glaciares, el que,
entre otras cosas, pretende prohibir el
desarrollo de actividades que puedan
generar impactos significativos o daños
irreversibles en zonas glaciares y
periglaciales, lo que implicaría la
imposibilidad de desarrollar minería en
altura, afectando -entre muchos otros- a
proyectos como El Teniente y Los
Bronces, significaría una caída
aproximada de 2,4% del PIB y destruiría
42.000 empleos. Mucho se ha escrito
respecto de la inconveniencia de aprobar
el proyecto tal como está, pero vale la
pena reiterar ciertos puntos en este breve
espacio: (i) el marco regulatorio existente
contiene herramientas suficientes para la
protección de los glaciares, basta revisar
el nivel de sofisticación y de exigencias
ambientales con que se han aprobado los
pocos proyectos mineros que pudieran
tener la potencialidad de afectar
glaciares;
(ii) dadas las diferentes realidades hídricas del
país, solo algunos pocos glaciares son relevantes
desde la perspectiva de su aporte hídrico, por lo
que más que una prohibición absoluta, debiera
analizarse caso a caso su relevancia, como ocurre
actualmente; (iii) el proyecto ampliaría
exageradamente las áreas de protección
ambiental, extendiendo innecesariamente la
prohibición de desarrollo de actividades
económicas; y (iv) en su tramitación no se ha
tomado en consideración la opinión los múltiples
expertos y actores interesados antes de
establecer una política extremadamente gravosa
para los intereses nacionales. Sin mayores
sustentos técnico para su aprobación, pareciera
ser que la motivación de ciertos parlamentarios
para aprobar este proyecto es favorecer, con fines
electorales, las presiones de grupos de interés
que poco han aportado al país, en perjuicio de la
industria que más notablemente lo ha hecho.
MINERO
Proyecto de Protección de
Glaciares

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