El derecho fundamental a la identidad cultural de los pueblos indígenas, configuración conforme el derecho internacional y perspectivas de su recepción en Chile - Núm. 26-1, Enero 2020 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 851403386

El derecho fundamental a la identidad cultural de los pueblos indígenas, configuración conforme el derecho internacional y perspectivas de su recepción en Chile

AutorJuan Jorge Faundes Peñafiel
CargoUniversidad Autónoma de Chile, Temuco, Chile
Páginas77-99
Revista Ius et Praxis, Año 26, Nº 1, 2020 , pp. 77 - 100
ISSN 0717 - 2877
Universidad de Talca - Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
El derecho fundamental a la identidad cultural de los pueblos indígenas, configuración conforme el derecho internacional y
perspectivas de su recepción en Chile
Juan Jorge Faundes Peñaf iel
Revista Ius et Praxis, Año 26, 1, 2020
pp. 77 - 100
77
Trabajo recibido el 28 de enero de 2019 y aprobado el 4 de agosto de 2019
El derecho fundamental a la identidad cultural de los pueblos indígenas, configuración
conforme el derecho internacional y perspectivas de su recepción en Chile
1
.
FUNDAMENTAL RIGHT TO THE CULTURAL IDENTITY OF INDIGENOUS PEOPLES, CONFIGURATION IN ACCORDANCE WITH
INTERNATIONAL LAW AND PERSPECTIVES FOR ITS RECEPTION IN CHILE
JUAN JORGE FAUNDES PEÑAFIEL
2
RESUMEN
Se estudia el derecho fundamental a la identidad cultural de los pueblos indígenas reconocido por la Corte IDH, su
naturaleza jurídica, sus fuentes y estándares jurisprudenciales. En especial, cómo se puede amparar constitucionalmente
en Chile y se enuncian algunas perspectivas de impacto en la legislación interna.
ABSTRACT
We study the fundamental right to cultural identity of indigenous peoples recognized by the IACHR. We review its legal
nature, sources, and its standards in the precedents. S pecially, we study how the Chilean Constitution can protect this
right and we enunciate some perspectives of impact on Chilean domestic legislation.
PALABRAS CLAVE
Derecho fundamental identidad cultural, pueblos indígenas, Constitución chilena
KEY WORDS
Fundamental right to cultural identity, indigenous peoples, Chilean Constitution.
1. Introducción
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), bajo una interpretación
evolutiva de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) so stiene que el derecho a la
identidad cultural es un derecho fundamental y de naturaleza colectiva cuya titularidad corresponde
a las comunidades y pueblos indígenas, que debe ser respetado en una sociedad multicultural,
pluralista y democrática
3
.
En consecuencia, es posible sostener que el derecho fundamental a la identidad cultural de
los pueblos indígenas (DFICPI) se ha introducido en los ordenamientos latinoamericanos y el chileno,
preferentemente por medio de la acción judicial, vía Control de Convencionalidad o bajo la doctrina
del Bloque de Constitucionalidad
4
, directo de la Corte IDH e indirecto de los tribunales nacionales
.
1
Proyecto FONDECYT Iniciación N° 11161079 “El derecho fundamental a la identidad cultural de los pueblos indígenas en Chile, debates
y problemas a la luz de la jurisprudencia conforme al Convenio N° 169 de la OIT”.
2
Dr. Juan Jorge Faundes Peñafiel, Universidad Autónoma de Chile, Temuco, Chile, juanjorgef@gmail.com.
3
Corte IDH, Pueblo Indígena Sarayaku Vs. Ecuador, de 12 de junio de 2012.
4
BOGDANDY et al. (2014).
Corte Suprema, Rol 2840-2008, de 25 de noviembre de 20 09; Corte IDH, Caso Comunidad indígena Yakye Axa Vs. Paraguay, de 17 de
junio de 2005; Corte IDH, Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku Vs. Ecuador, de 27 de junio de 2012.
ARTÍCULOS DE INVESTIGACIÓN / RESEARCH ARTICLES JUAN JORGE FAUNDEZ PEÑAFIEL
Revista Ius et Praxis, Año 26, 1, 2020
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Asimismo, que dicho desarrollo jurisprudencial se ha articulado con la progresiva ratificación de
instrumentos internacionales de derechos humanos, en el plano universal, con la propia Declaración
Universal de Derechos Humanos, el Pacto de de rechos Civiles y Políticos (PDCP), el Pacto de
Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC), y, en especial, por instrumentos especializados
como el Convenio N° 169 de la OIT (en adelante Convenio 169), la Declaración de Naciones Unidas
de Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI), la Declaración Americana de Derechos de los
Pueblos Indígenas (DADPI) y un conjunto de otros instrumentos específicos so bre el derecho a la
identidad cultural
6
.
En Chile ha sido la jurisprudencia de sus tribunales la que invocando el Convenio 169
ha expresado en diversas sentencias consideraciones que refieren al derecho a la identidad cultural
o, más bien, a “derechos culturales” o al “derecho a la cultura” de los p ueblos indígenas. Solo a
modo ejemplar, ha dicho la Corte Suprema que:
[…] en el sector materia de autos, existen comunidades indígenas y lugares de significación cultural,
susceptibles de ser afectados [y] en dicho entendido, y considerando que la servidumbre solicitada
es susceptible de afectar pueblos y personas indígenas… debió tramitarse… la consulta indígena
previa […]
7
y la Corte de Apelaciones de Temuco (confirmado por la Corte Suprema) señaló que:
[…] especial atención deben tener los Estados en la protección y preservación de las tierras y culturas
indígenas en todas sus manifestaciones… se agravia en su naturaleza humana y la calidad de vida y
en la protección de sus sistemas de salud, puesto que el Menoko es un lugar, espacio cultural, que
no debe ser molestado, sino que siempre protegido
8
.
Sin embargo, no se han seguido estándares sistemáticos, evidenciándose un grado de
indeterminación interna del DFICPI
9
.
A su vez, entendemos que el desarrollo progresivo del DFICPI en el ámbito internacional, a
la luz de la jurisprudencia de la Corte IDH, plantea importantes impactos y respectivos desafíos para
los estados, tanto en materia de adecuación normativa, como de control de convencionalidad
judicial.
En este contexto, nos hemos propuesto en este trabajo: i) abordar panorámicamente el
DFICPI, su conceptualización, fundamentación normat iva desde sus fuentes en el Derecho
Internacional de los Derechos Humanos y en base a la propia Constitución; ii) revisar los estándares
desarrollados por la jurisprudencia de la Corte IDH, como nuevo marco de obligaciones y desafíos
emergentes para los ordenamientos jurídicos latin oamericanos; iii) enunciar ejemplarmente
algunos campos en que el reconocimiento progresivo del DFICPI impacta el o rdenamiento jurídico
chileno, arrojando desafíos por enfrentar.
6
Un análisis detallado y crítico de las fuentes universales descritas véase en STAVENHAGEN (2004), pp. 15-20.
7
Corte Suprema, Rol 6.628-2015, de 4 de mayo de 2016, cons. 6º.
8
Corte de Apelaciones de Temuco, Rol 1773-2008, de 16 de septiembre de 2009, cons. décimo cuarto.
9
CARMONA (2015), p. 984.

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