El derecho a la defensa penitenciaria en Chile: cuando no hay derecho - Núm. 31, Julio 2021 - Política Criminal - Libros y Revistas - VLEX 873658030

El derecho a la defensa penitenciaria en Chile: cuando no hay derecho

AutorPablo Carvacho - Amalia Valdés - Mariel Mateo
CargoMagíster en Sociología Pontificia Universidad Católica de Chile - Magíster en Criminología en U. de Manchester, Inglaterra - Magíster en Sociología Pontificia Universidad Católica de Chile
Páginas254-283
CARVACHO, Pablo; VALDÉS, Amalia; MATEO, Mariel: “El derecho a la defensa
penitenciaria en Chile: cuando no hay derecho”.
Polít. Crim. Vol. 16, Nº 31 (Junio 2021), Art. 10, pp. 254-283
[http://politcrim.com/wp-content/uploads/2021/07/Vol16N31A10.pdf]
El derecho a la defensa penitenciaria en Chile: cuando no hay derecho
The Right to in Prison Defense in Chile: When there is no Right
Pablo Carvacho Traverso
Magíster en Sociología Pontificia Universidad Católica de Chile
Magíster en Ciencias del Derecho U. de Stanford, Estados Unidos
Centro de Estudios Justicia y Sociedad, Pontificia Universidad Católica de Chile
pacarvac@uc.cl
https://orcid.org/0000-0003-3464-945X
Amalia Valdés Riesco
Magíster en Criminología en U. de Manchester, Inglaterra.
Centro de Estudios Justicia y Sociedad, Pontificia Universidad Católica de Chile.
avaldes4@uc.cl
https://orcid.org/0000-0002-9648-610X
Mariel Mateo Piñones
Magíster en Sociología Pontificia Universidad Católica de Chile
mdmateo@uc.cl
https://orcid.org/0000-0002-9607-7541
Fecha de recepción: 01/03/2020.
Fecha de aceptación: 28/08/2020.
Resumen
La población penal tiene necesidades jurídicas específicas. Mientras varias de estas guardan
relación con cuestiones judiciales propias del encierro, otras se vinculan a materias de índole
personal. Cualquiera sea la naturaleza de estas necesidades, estas deberían ser atendidas por
la defensoría penal penitenciaria, servicio especializado de la Defensoría Penal Pública
(DPP). Este artículo presenta algunos de los resultados obtenidos de un extenso trabajo de
campo con metodología mixta en cárceles y oficinas de defensa penitenciaria de seis regiones
de Chile, en donde se realizaron 766 observaciones no participantes de primeras entrevistas
en los penales, 616 análisis de carpetas y del Sistema Informático de Gestión de Defensa
Penal (SIGDP), 19 entrevistas a funcionarios de Gendarmería y Defensores penitenciarios, 9
grupos focales con internos e internas de ocho penales, encuesta de validación de resultados
a 92 defensores y trabajadores sociales de la defensa penitenciaria del país y panel de
expertos, con el fin de proveer una radiografía de la defensa penitenciaria en Chile. Los
resultados muestran cómo el ejercicio de la defensa penitenciaria se ve limitada por una serie
de factores, pero especialmente por la superposición de culturas, prácticas y normas
institucionales diversas. Se afirma que esta situación se mantendrá mientras no exista un
derecho penitenciario que regule las expectativas y prácticas institucionales en conflicto. Esta
ausencia de derecho, se expone, termina dejando al arbitrio y discrecionalidad de autoridades
administrativas la defensa efectiva de los derechos de las personas privadas de libertad.
Polít. Crim. Vol. 16, Nº 31 (Junio 2021), Art. 10, pp. 254-283
[http://politcrim.com/wp-content/uploads/2021/07/Vol16N31A10.pdf]
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Palabras claves: Defensa penitenciaria, culturas institucionales, derecho penitenciario,
cárceles, Gendarmería.
Abstract
The prison population has specific legal needs. While several of these needs are judicial in
nature, others are related to personal issues. Whatever the nature of these needs, they should
be addressed by the Penitentiary Public Defender's Office, a specialized service of the Public
Defender's Office. This article presents the findings obtained from an extensive fieldwork in
prisons and penitentiary defense offices in six Chilean regions, with 766 non-participant
observations of first interviews in prisons, 616 analysis of folders and of the Computer
System of Criminal Defense Management (SIGDP), 19 interviews with Gendarmerie
officials and prison defenders, 9 focus groups with prisoners from eight jails, a survey to
validate results with 92 responses of defenders and social workers of the penitentiary offices,
and a panel of experts, in order to provide an X-ray of the prison defense in Chile. The results
show how the exercise of prison defense is limited by a number of factors, but especially, by
the overlap of diverse institutional cultures, practices and norms. It is argued that as long as
there is no prison law that regulates conflicting institutional expectations and practices, this
problem will continue. The absence of law leaves the effective defense of convicts’ rights to
the discretion of administrative authorities.
Keywords: Penitentiary defense, institutional cultures, prisons law, prisons, Prisons
Office.
Introducción
La población penitenciaria en Chile la componen 42.046 personas privadas de libertad, de
las cuales 27.656 son personas condenadas que se encuentran en contexto de encierro.
1
Dentro de estos, un 91,6% son hombres y un 8,4% mujeres. Un tercio del total de esta
población corresponde a imputados,
2
es decir, personas en prisión preventiva a la espera de
un juicio oral.
3
Conforme al Instituto Nacional de Derechos Humanos, las tasas de
hacinamiento en Chile en promedio, a nivel nacional, ascienden a un 100,4% de ocupación,
4
pero en algunos recintos alcanza más del 200%.
5
La tasa de prisionización es de 211 privados
de libertad por cada 100.000 habitantes.
6
Esta tasa, si bien es alta, se aleja de las tasas de
países como El Salvador o Estados Unidos que lideran dicho ranking.
7
No obstante,
considerando que una parte importante de las condenas privativas de libertad se deben en un
62% a delitos contra la propiedad, se trata de una tasa que debe ser tomada con preocupación.
8
1
GENCHI (2019a), passim.
2
Por motivos de economía de espacio, se hablará en términos masculinos, cuando en realidad el artículo incluye
a población masculina, femenina y LGBTIQ privada de libertad.
3
GENCHI (2019a), passim.
4
INTERNATIONAL CENTRE FOR PRISON STUDIES (2019).
5
INDH (2018) p.38-39
6
INTERNATIONAL CENTRE FOR PRISON STUDIES (2019).
7
INTERNATIONAL CENTRE FOR PRISON STUDIES (2019).
8
GENCHI (2019b) Datos de diciembre-enero 2019, passim.

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