Resolucion núm. 4, el 01 de Marzo de 2007. DEJA SIN EFECTO RESOLUCION Nº 30 DE 28/04/06 DEL GOBIERNO REGIONAL REGION DEL BIO BIO Y PROMULGA PLAN REGULADOR COMUNAL DE LOS ANGELES - GOBIERNO REGIONAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470453086

Resolucion núm. 4, el 01 de Marzo de 2007. DEJA SIN EFECTO RESOLUCION Nº 30 DE 28/04/06 DEL GOBIERNO REGIONAL REGION DEL BIO BIO Y PROMULGA PLAN REGULADOR COMUNAL DE LOS ANGELES

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RESOLUCION Nº 30 DE 28/04/06 DEL GOBIERNO REGIONAL REGION DEL BIO BIO Y PROMULGA "PLAN REGULADOR COMUNAL DE LOS ANGELES"

Núm. 4.- Concepción, 2 de enero de 2007.- Considerando:

  1. Resolución Nº 30 de 28/04/06 de Gobierno Regional Región del Bio Bio que promulga el Plan Regulador Comunal de Los Ángeles.

  2. Oficio Nº 04566 de 25/08/06 de Contraloría General de la República, que devolvió con observaciones y sin tramitar la Resolución Nº 30 antes señalada.

  3. Ord. Nº 1771 de 26/09/06 de Jefe División y Control de Gestión del gobierno regional que solicita al Dpto. Desarrollo Urbano de la Seremi MINVU subsanar las observaciones formuladas por Contraloría General.

  4. Ord. Nº 1757 de 28/09/06 de la Secretaría Regional Ministerial MINVU Región del Bio Bio, que solicitó a la Municipalidad de Los Ángeles subsanar las observaciones formuladas por Contraloría General.

  5. Ord. Nº 439 de 13/11/06 de Alcalde Municipalidad de Los Ángeles que remite expediente corregido y Minuta respecto de las observaciones de Contraloría General.

  6. Ord. Nº 2169 de 27/11/06 de la Secretaría Regional Ministerial MINVU Región del Bio Bio que remite expedientes subsanados a Sra. Intendenta Región del Bio Bio para continuar trámite en Contraloría General.

  7. Ord. Nº 2613 de 5 de Diciembre de 2005, del Sr.

    Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, mediante el cual se remite el expediente del "Plan Regulador Comunal de Los Ángeles", para aprobación por parte del Consejo de Gobierno Regional y posterior promulgación.

  8. Ord. Nº 3.006 de 14 de Enero de 2006, del señor Intendente Regional de la Región del Bío Bío, dirigido a la Comisión de Ordenamiento Territorial del Consejo de Gobierno Regional, mediante el cual se envía el expediente administrativo del "Plan Regulador Comunal de Los Ángeles " para su presentación al Consejo de Gobierno Regional.

  9. Informe Técnico de fecha 17 de Enero de 2006, de la Comisión de Ordenamiento Territorial del Consejo de Gobierno Regional de la Región del Bío Bío mediante el cual se informa favorablemente el proyecto de "Plan Regulador Comunal de Los Ángeles", de conformidad a lo establecido en la Memoria Explicativa, Estudio de Factibilidad Sanitaria, Ordenanza Local y los Planos Normativos.

  10. Ord. Nº 471 de 12 de Octubre del 2005 del señor Alcalde de la comuna de Los Ángeles dirigido al señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Bío Bío, solicitando la revisión de los antecedentes técnicos y administrativos del PRC. de Los Ángeles".

  11. Certificado Nº 23 del 11 de Octubre del 2005 del Secretario de la Municipalidad de Los Ángeles que acredita que se recibieron 28 observaciones por escrito, de parte de los interesados acerca del proyecto de modificación del Plan Regulador de la mencionada comuna, acogiéndose en forma completa 7 de ellas; en forma parcial 9 y no se acogieron 12.

  12. Certificación de 12 Octubre del 2005 de la Secretaria Técnica del Consejo Económico y Social Comunal, Cesco, de la Dirección de Desarrollo Comunitario, acreditándose que el mencionado consejo en su Quinta Sesión extraordinaria conoció las 28 observaciones recibidas, conjuntamente a informe del Asesor Urbanista.

  13. Extracto de publicaciones en el periódico "La Tribuna", de la ciudad de Los Ángeles, del día 21 de Febrero, 3 de Marzo y 14 de Mayo de año 2005.

  14. Resolución Exenta Nº 035-2005, de la Comisión Regional de Medio Ambiente de 26 de Enero del 2005, mediante la cual se califica favorablemente el proyecto "Plan Regulador Comunal de Los Ángeles".

  15. Certificado Nº 22 del Secretario Municipal de Los Ángeles de 11 de Octubre de 2005, que acredita el Acuerdo Nº 60-05 del Consejo Municipal, mediante el cual se da inicio al proceso de aprobación de las modificaciones del Plan Regulador Comunal ya mencionado.

  16. Decreto Alcaldicio Nº 987 de 16 de Septiembre de 2005, por el cual se aprueba el PRC de Los Ángeles, según acuerdo Nº 234-05 adoptado por el Consejo Municipal en Sesión Extraordinaria celebrada el 3 de Agosto del 2005.

  17. Certificado Nº 1912o1 de la Secretaria Ejecutiva y Ministro de Fe del Consejo de Gobierno de la Región del Bío Bío de 19 de Enero de 2006, mediante el cual se acredita que en sesión Ordinaria Nº 01 de 18 de Enero del 2006 se aprobó el Informe de la Comisión de Ordenamiento Territorial que involucra el consentimiento del Consejo del Gobierno Regional de la Región del Bío Bío del "Plan Regulador de Los Ángeles", adjuntándose el Informe de la Comisión en extenso y que forma parte de la mencionada certificación.

  18. Certificado Nº 1936o6 de la Secretaria Ejecutiva y Ministro de Fe del Consejo de Gobierno Regional de la Región del Bío Bío que acredita que en Sesión Ordinaria Nº 6 de 22 de marzo del 2006 se acordó la aprobación referida anteriormente en cuanto a rectificar el expediente técnico en lo relativo a la Ordenanza Local en sus páginas 63 a 79 en consideración que para la zona ZM (Barrio Centro), en la página Nº 63 original, se declaraba respecto al uso de Transporte "prohibido", en circunstancias que dicho uso era "todo permitido".

    Vistos: Lo dispuesto en el artículo 43º vigente, del DFL Nº 458 (V. y U.) de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones; en los artículos 2.1.10 y 2.1.11 vigentes, del D.S. Nº 47 (V. y U.) de 1992, que contiene la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo previsto en los artículos 20 letra f); 24 letra p) y artículo 36 letra c); de la Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; Ley Nº 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en la Resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República.

    Resuelvo:

    1. Dejase sin efecto la Resolución Nº 30 de 28/04/06 de Gobierno Regional del Bio Bio en razón a lo señalado en las letras a, b, c, d, e y f de la presente Resolución.

    2. Apruébase el Plan Regulador Comunal de Los Ángeles, de conformidad a lo indicado en los siguientes documentos que lo conforman: Memoria Explicativa, Estudio de Factibilidad, Ordenanza Local y Planos PRCLA-

      A0; PRCLA-A ; PRCLA-A VIAL; PRCLA-B; PRCLA-C; PRCLA-D; PRCLA-E; PRCLA-F; PRCLA-G y PRCLA-H, elaborados por la Municipalidad de Los Ángeles.

      Los interesados podrán consultar y/o adquirir los antecedentes que conforman el Plan Regulador Comunal de Los Ángeles en la Municipalidad de Los Ángeles.

    3. Publíquese la presente Resolución y la Ordenanza Local en el Diario Oficial de la República y un extracto de ambos documentos en un diario de mayor circulación de la comuna.

    4. Archívese la Ordenanza Local y los Planos en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

      Tómese razón, anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- María Soledad Tohá Veloso, Intendenta Regional de la Región del Bío Bío.

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I GENERALIDADES
ARTICULO 1

NORMAS DE COMPETENCIA.

ARTICULO 2

ALCANCES DE LA ORDENANZA.

ARTICULO 3

LÍMITE URBANO.

TITULO II VIALIDAD
CAPITULO I NORMAS GENERALES
ARTICULO 4

DEFINICIONES.

CAPITULO II NORMAS ESPECIFICAS
ARTICULO 5

VIALIDAD ESTRUCTURANTE.

ARTICULO 6

NORMA SOBRE IMPACTO URBANO.

CAPITULO III ESTACIONAMIENTOS
ARTICULO 7

ESTACIONAMIENTOS.

ARTICULO 8

NORMAS DE EXCEPCION.

ARTICULO 9

EDIFICIOS DE ESTACIONAMIENTOS.

TITULO III ZONIFICACION Y NORMAS ESPECIFICAS
CAPITULO I DE LA URBANIZACION
ARTICULO 10

BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO.

ARTICULO 11

MOBILIARIO URBANO.

ARTICULO 12

CONDICIONES DE INCENTIVOS OPTATIVOS.

DE UBICACION PARA AREAS VERDES Y EQUIPAMIENTO

ARTICULO 13

CONDICIONES DE LOS INCENTIVOS.

OPTATIVOS EN ZONAS DE EXTENSION URBANA

CAPITULO II DE LOS USOS DE SUELO
ARTICULO 14

AREA VERDE Y ESPACIO PÚBLICO.

ARTICULO 15

EQUIPAMIENTO ESPECIAL.

ARTICULO 16

INFRAESTRUCTURA.

ARTICULO 17

CONCESION DE SUBSUELO.

CAPTULO III DE LA EDIFICACION

ARTICULO 18

ANTEJARDINES.

ARTICULO 19

CIERROS.

ARTICULO 20

CONSTRUCCIONES EN SUBTERRANEOS.

ARTICULO 21

AMORTIGUADOR VEGETAL.

ARTICULO 22

OCHAVOS.

ARTICULO 23

CUERPOS SALIENTES Y MARQUESINAS.

ARTICULO 24

OBRAS PROVISORIAS.

ARTICULO 25

PASEO PEATONAL.

ARTICULO 26

BULEVAR.

ARTICULO 27

PORTAL.

ARTICULO 28

CONDICION DE INCENTIVO PARA.

PLAZOLETA EXTERIOR

ARTICULO 29

GALERIA COMERCIAL.

ARTICULO 30

OBLIGATORIEDAD DE EDIFICACION.

ARMONICA

CAPITULO IV DE LA ZONIFICACION
ARTICULO 31

DEFINICION DE ZONAS.

ARTICULO 32

NORMAS ESPECÍFICAS.

ZH - 1

ZH - 2

ZH - 3

ZH - 4

ZH - 5

ZH - 6

ZH - 7

ZE - 1

ZE - 2

ZM - 1

ZM - 2

ZM - 3

ZM - 4

ZM - 5

ZM - 6

ZM - 7

ZM - 8

ZT

ZP

ZESP - 1

ZESP - 2

MC

ZEP

CAPITULO V AREAS DE RIESGOS
ARTICULO 33

DEFINICION.

ARTICULO 34

ZONAS INUNDABLES O POTENCIALMENTE.

INUNDABLES

ARTICULO 35

ZONAS DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA.

PELIGROSA

CAPITULO VI...

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