Resolución núm. 147, publicada el 28 de Diciembre de 2009. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 32 DE 2009 Y PROMULGA 'PLAN REGULADOR COMUNAL DE 'EL CARMEN' - GOBIERNO REGIONAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469972630

Resolución núm. 147, publicada el 28 de Diciembre de 2009. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 32 DE 2009 Y PROMULGA 'PLAN REGULADOR COMUNAL DE 'EL CARMEN'

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 32 DE 2009 Y PROMULGA "PLAN REGULADOR COMUNAL DE "EL CARMEN"

Núm. 147.- Concepción, 19 de octubre de 2009.- Considerando:

1) El Proyecto de Plan Regulador Comunal de El Carmen, que consta de la Memoria Explicativa, el Estudio de Factibilidad Sanitaria, la Ordenanza Local y el Plano PRCEC-01, confeccionado a escala 1:5.000, por la Municipalidad de El Carmen.

2) La Resolución Exenta Nº 119 de fecha 07 de Abril de 2008 de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Bío Bío, que calificó favorablemente el proyecto de Plan Regulador Comunal de El Carmen.

3) El Certificado de fecha 10 de Junio de 2008 de Secretaría Municipal de El Carmen, mediante el cual se acredita que en sesión de la misma fecha, el Concejo Municipal de El Carmen adoptó el acuerdo de aprobar el Plan Regulador Comunal.

4) El Ordinario Nº 201 de fecha 22 de Enero de 2009 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Bío Bío, a Intendente Regional, mediante el cual acompaña el Informe Técnico favorable y el Expediente Técnico y Administrativo del Plan Regulador Comunal de El Carmen.

5) El Certificado Nº 2645º4 de fecha 27 de Febrero de 2009, extendido por la Secretaria Ejecutiva y Ministro de Fe el Consejo de Gobierno Regional, mediante el cual se acredita que en Sesión Ordinaria Nº 04 del 27 de Febrero de 2009 se aprobó por la unanimidad de la sala el proyecto "Plan Regulador Comunal de El Carmen".

6) La Resolución Nº 0032 de 08 de Abril de 2009 del Intendente Regional de la Región del Bío Bío, mediante la cual promulga el Plan Regulador Comunal de El Carmen.

7) El Oficio Nº 03163 del 30 de Abril de 2009 del Contralor Regional del Bío Bío, por el cual devuelve sin tramitar el Plan Regulador Comunal de El Carmen en atención a que no resulta procedente que el artículo 26 de la Ordenanza Local del referido Plan Regulador establezca normas sobre protección ante incendios forestales; toda vez que el artículo 2.1.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones que señala las características específicas para la regulación de las zonas de riesgo, no contempla las relacionadas con incendios forestales.

8) El Decreto Supremo Nº 10 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de 09 de Febrero de 2009, publicado en el Diario Oficial de 23 de Mayo de 2009, que modifica el artículo 2.1.17 del Decreto Nº 47 de 1992 (V. y U.) Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, sobre áreas de riesgo.

9) El Oficio Nº 1261 de 29 de Mayo de 2009 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, por el cual se solicita el reingreso del Plan Regulador Comunal de El Carmen a Contraloría Regional del Bío Bío.

10) El Oficio Nº 1067 de 09 de Junio de 2009 del Intendente Regional Región del Bío Bío, por el cual solicita a Contraloría Regional la toma de razón de la Resolución Nº 0032 de 08 de Abril de 2009 que promulga el Plan Regulador Comunal de El Carmen.

11) El Oficio Nº 05119 de 13 de Julio de 2009 de la Contraloría Regional del Bío Bío, que devuelve sin tramitar la Resolución Nº 0032 ya individualizada, por haberse tramitado ésta con fecha anterior a la entrada en vigencia de la modificación del artículo 2.1.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

12) El Ordinario Nº 1775 de fecha 11 de Septiembre de 2009 del Intendente y Presidente del Consejo de Gobierno Regional de la Región del Bío Bío dirigido a los señores Consejeros Regionales, mediante el cual solicita ratificar el acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 04 de fecha 27 de febrero de 2009, y que consta en Certificado Nº 2645º4, por el cual se aprobó el Plan Regulador Comunal de El Carmen.

13) El Certificado Nº 2786/º18 de fecha 23 de Septiembre de 2009, extendido por el Ministro de Fe Ad-Hoc del Consejo de Gobierno Regional, mediante el cual se acredita que en Sesión Ordinaria Nº 18 de 23 de Septiembre de 2009 se acordó por unanimidad de la Sala, ratificar el acuerdo que aprueba el Plan Regulador de El Carmen y que consta en Certificado Nº 2645º4 de 27 de Febrero de 2009.

Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.695 de 1988 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores; lo dispuesto en el artículo 43º del DFL Nº 458 (V. y U.) de 1976 Ley General de Urbanismo y Construcciones y sus modificaciones posteriores; en los artículos 2.1.10 al 2.1.11 del D.S. Nº 47 (V. y U.) de 1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, modificado por el D.S. Nº 75 (V. y U.) de 2001, por el D.S. Nº 217 (V. y U.) de 2001, por el D.S Nº 33 (V. y U.) de 2002 y especialmente por el D.S. Nº 10 de 2009; en los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 19.778 de 2001 que modificó la Ley Nº 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, en materia de Planes Reguladores; lo dispuesto en la Resolución Nº 1.600 de 30 de Octubre de 2008 de la Contraloría General de la República; y en el Decreto Supremo Nº 1.377 de fecha 28 de Noviembre de 2008 del Ministerio del Interior.

Resuelvo:

  1. - Déjase sin efecto la Resolución Nº 0032 de fecha 08 de Abril de 2009, del Gobierno Regional de la Región del Bío Bío, que promulga el Plan Regulador Comunal de El Carmen.

  2. - Promúlgase el Plan Regulador Comunal de El Carmen de conformidad a lo indicado en los siguientes documentos que lo conforman: Memoria Explicativa, Estudio de Factibilidad, Ordenanza Local y Plano PRCEC – 01 confeccionado a escala 1:5.000 por la Municipalidad de El Carmen, documentos que por la presente Resolución se aprueban.

  3. - Los interesados podrán consultar y/o adquirir los antecedentes que conforman el presente Plan Regulador Comunal en la Municipalidad de El Carmen.

  4. - Publíquese la presente Resolución y el texto completo de la Ordenanza Local en el Diario Oficial de la República de Chile y archívese el plano y la Ordenanza correspondiente en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, en la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo correspondiente y en la Municipalidad de El Carmen.

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Jaime Tohá González, Intendente Región del Bío Bío.

ORDENANZA LOCAL

AUTORIDADES MUNICIPALES, SECTORIALES Y REGIONALES

GUILLERMO ALEX FERIS FERRADA

Alcalde de El Carmen

RAMIRO BONILLA SAN MARTÍN

Director de Obras

SANDRA BRAVO SALINAS

Directora de SECPLAN

(Secretaría Comunal de Planificación)

CARLOS ARZOLA B.

Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo

VIII Región

MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ AGUAYO

Jefe D.D.U.I. MINVU VIII Región

MARÍA ANGÉLICA FUENTES FUENTEALBA

Intendenta VIII Región del Biobío

PLAN REGULADOR COMUNAL DE EL CARMEN

ORDENANZA LOCAL

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 38
ARTÍCULO 1 DEFINICIÓN

La presente Ordenanza Local contiene las normas referentes al límite urbano, zonificación y usos de suelo, condiciones urbanísticas de subdivisión predial, urbanización, edificación y vialidad estructurante, que regirán dentro del área territorial urbana del Plan Regulador Comunal de El Carmen, de acuerdo a lo graficado en el Plano PRCEC – 01, elaborado a escala 1:5.000, en adelante el Plano, con cuya información gráfica es complementaria.

Derógase el Límite Urbano de El Carmen del año 1987, promulgado según Decreto Alcaldicio N° 160 de 15-04-1987 de la Ilustre Municipalidad de El Carmen y aprobado por D.S. N° 96 de 2-07-1987, publicado en el Diario Oficial el 10 de Agosto de 1987.

Las materias no tratadas en la presente Ordenanza Local, se regirán por lo establecido al respecto, en la Ley General y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

ARTÍCULO 2 MARCO REGULATORIO

Todas aquellas materias atinentes al desarrollo urbano que no estuvieren normadas por las disposiciones de la presente Ordenanza, deberán regirse por lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (Ley 18.695), la Ley de Bases del Medio Ambiente, la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.

ARTÍCULO 3 TERRITORIO DEL PLAN

Para efectos del ordenamiento territorial comunal en el territorio de la comuna de El Carmen, se distinguen dos tipos de áreas: Área urbana y Área rural. El área urbana distingue a su vez, tres macro zonas: macro-zona urbana consolidada, macro-zona de extensión urbana y macro-zona de protección y restricción, detalladas en el Art.34 de esta Ordenanza.

El área urbana reglamentada por el presente Plan Regulador Comunal está definida por el límite urbano del centro urbano de El Carmen, que corresponde a las líneas poligonales cerradas entre los puntos A al R y entre los puntos S al V, cuya descripción de puntos y tramos se señalan en el Artículo 6 de esta Ordenanza.

ARTÍCULO 4 RESPONSABILIDADES.

De conformidad a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, corresponde a la Dirección de Obras Municipales de El Carmen la responsabilidad en la aplicación de las normas de la presente Ordenanza y a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío, la supervigilancia de su cumplimiento y la interpretación técnica de ellas.

ARTÍCULO 5 SANCIONES.

La inobservancia de las normas contenidas en la presente Ordenanza será sancionada de acuerdo a lo previsto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

TÍTULO II Artículo 6

DESCRIPCIÓN DEL LÍMITE URBANO

ARTÍCULO 6 LÍMITE URBANO

El límite urbano del área reglamentada por el presente Plan Regulador Comunal de El Carmen, enunciado en el Artículo 3 de esta Ordenanza, se define de conformidad con la descripción de puntos y tramos que se detalla a...

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