Causa nº 7202/2017 (Casación). Resolución nº 158578 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 17 de Abril de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 677339637

Causa nº 7202/2017 (Casación). Resolución nº 158578 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 17 de Abril de 2017

Fecha de Resolución17 de Abril de 2017
MovimientoRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Rol de Ingreso7202/2017
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación21-2017 - C.A. de Valparaíso
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-113-2016 - Juzgado de Familia Quillota
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, diecisiete de abril de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante y demandada reconvencional contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la de mérito que rechazó la demanda de rebaja de alimentos y acogió parcialmente la reconvencional de aumento.

Segundo

Que el compareciente alega infracción a los artículos 230, 233, 323, 326, 329, 330 y 332 del Código Civil, en relación al artículo 160 del de Procedimiento Civil, solicitando se invalide el fallo impugnado y se dicte otro de reemplazo que acoja la apelación interpuesta por su parte o resuelva lo que corresponda en derecho.

Cuestiona las conclusiones de los sentenciadores por estimar que su decisión no considera debidamente la obligación que pesa sobre ambos padres en orden a contribuir en la crianza de sus hijos, gozando la madre de una mejor situación que la suya, de manera que no hay proporción entre los ingresos y aportes que ambos realizan, tampoco se valoró debidamente el cambio en su capacidad económica derivado de su actual calidad de jubilado y del nacimiento de una hija que aumenta sus cargas de familia. Agrega que la decisión mantiene a los niños en dos sistemas de salud, aquel a que se encuentra obligado en mérito de la sentencia que reguló primitivamente la pensión alimenticia y al que la madre afirma haberlos incorporado. En definitiva, impugna el análisis de la prueba efectuado por los jueces al determinar que sus nuevas circunstancias no hacen procedente la rebaja solicitada y que, por el contrario, puede satisfacer una pensión de monto mayor.

Tercero

Que los sentenciadores dieron por acreditados los siguientes hechos: 1.- En causa Rit V-138-2007, se acordó una pensión de alimentos a favor de los hijos matrimoniales, M.A. y T.E., ambos D.C., de 16 y 14 años de edad, respectivamente, equivalente actualmente a la suma de $520.000, además del pago directo de educación y de mantenerlos en el sistema de salud y recreacional del Ejército de Chile del cual el padre es beneficiario.2.- Las circunstancias económicas del progenitor han variado, pero, en forma positiva, ya que el año 2008 era funcionario activo del ejército y sus ingresos ascendían a $758.297, en...

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