Decreto 17 - PROMULGA EL ACUERDO QUE MODIFICA LA SECCIÓN G DEL ANEXO 9.1 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239782514

Decreto 17 - PROMULGA EL ACUERDO QUE MODIFICA LA SECCIÓN G DEL ANEXO 9.1 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO QUE MODIFICA LA SECCIÓN G DEL ANEXO 9.1 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Núm. 17.- Santiago, 14 de enero de 2009.- Vistos: Los artículos 32, Nº15, y 54, Nº1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 6 de junio de 2003, se suscribió, en Miami, el Tratado de Libre Comercio, sus Anexos y las Notas Intercambiadas entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América, publicado en el Diario Oficial el 31 de diciembre de 2003.

Que entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América se adoptó, por Cambio de Notas, suscritas en Washington y Santiago, respectivamente, el 8 y 12 de diciembre de 2008, el Acuerdo que modifica la Sección G del Anexo 9.1. del Tratado de Libre Comercio, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 24.2 del mismo.

Que, de acuerdo a lo previsto en el último párrafo del citado Acuerdo modificatorio, éste entrará en vigor el 1 de febrero de 2009.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo que modifica la Sección G del Anexo 9.1 del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América, adoptado por Cambio de Notas suscritas en Washington y Santiago, respectivamente, el 8 y 12 de diciembre de 2008; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Gonzalo Arenas Valverde, Embajador, Director General Administrativo.

8 diciembre 2008

Excelentísimo Sr. Alejandro Foxley

Ministro de Relaciones Exteriores

Santiago

Estimado Ministro Foxley:

Tengo el honor de confirmar el siguiente entendimiento alcanzado entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de la República de Chile para la modificación a la Sección G del Anexo 9.1 del Tratado de Libre Comercio suscrito entre nuestros dos Gobiernos en Miami, Florida, el 6 de junio 2003 (denominado en adelante "el Tratado"). Las modificaciones que se exponen a continuación, se hacen de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 24.2 del Tratado, en cumplimiento con los acuerdos alcanzados en la Cuarta Reunión de la Comisión de Libre Comercio del Tratado celebrada el 29 y 30 de noviembre de 2007.

El siguiente texto reemplazará a la actual Sección G:

Sección G Fórmula de Ajuste de los Umbrales
  1. Los umbrales de las Secciones A a C se ajustarán en intervalos de dos años, con cada ajuste entrando en vigor el 1 de enero. Al calcular el valor de un contrato, con el propósito de comprobar si la contratación pública se encuentra cubierta por este Capítulo, una entidad...

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