Decreto núm. 98, publicado el 12 de Septiembre de 2015. PROMULGA EL ACUERDO MARCO DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE, LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPÚBLICA DEL PERÚ - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 582444410

Decreto núm. 98, publicado el 12 de Septiembre de 2015. PROMULGA EL ACUERDO MARCO DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE, LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPÚBLICA DEL PERÚ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO MARCO DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE, LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPÚBLICA DEL PERÚ

Núm. 98.- Santiago, 14 de julio de 2015.

Vistos:

Los artículos 32, Nº 15 y 54, Nº 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 6 de junio de 2012, se suscribió, en Paranal, Antofagasta, República de Chile, el Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico entre la República de Chile, la República de Colombia, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú.

Que dicho Acuerdo fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 10.747, de 23 de mayo de 2013, de la Honorable Cámara de Diputados.

Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del Acuerdo y, en consecuencia, éste entrará en vigor internacional el 20 de julio de 2015.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico entre la República de Chile, la República de Colombia, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, suscrito en Paranal, Antofagasta, República de Chile, el 6 de junio de 2012; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.

ACUERDO MARCO DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO

ACUERDO MARCO

DE LA

ALIANZA DEL PACÍFICO

PREÁMBULO

La República de Colombia, la República de Chile, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, en adelante denominadas "las Partes";

Inspiradas en la Declaración Presidencial de Lima del 28 de abril de 2011, por la cual se estableció la Alianza del Pacífico para la conformación de un área de integración profunda, que busca avanzar progresivamente hacia la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas;

Tomando en cuenta la Declaración Presidencial de Mérida del 4 de diciembre de 2011, en particular, el compromiso de suscribir un tratado constitutivo de la Alianza del Pacífico;

Convencidas que la integración económica regional constituye uno de los instrumentos esenciales para que los Estados de América Latina avancen en su desarrollo económico y social sostenible, promoviendo una mejor calidad de vida para sus pueblos y contribuyendo a resolver los problemas que aún afectan a la región, como son la pobreza, la exclusión y la desigualdad social persistentes;

Decididas a fortalecer los diferentes esquemas de integración en América Latina, como espacios de concertación y convergencia, orientados a fomentar el regionalismo abierto, que inserte a las Partes eficientemente en el mundo globalizado y las vincule a otras iniciativas de regionalización;

Conscientes de que este proceso de integración tendrá como base los acuerdos económicos, comerciales y de integración vigentes entre las Partes a nivel bilateral, regional y multilateral, y que deberá contribuir a profundizar sus relaciones económicas y comerciales;

Reafirmando los derechos y obligaciones derivados del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (OMC), del Tratado de Montevideo 1980, así como de los acuerdos de libre comercio y de integración entre las Partes, los mismos que ofrecen una excelente plataforma que facilita y propicia la integración de nuestras economías;

Considerando la condición de Países Miembros de la Comunidad Andina de la República de Colombia y de la República del Perú, y los compromisos que de él se derivan para estos Estados;

Comprometidas a ofrecer a los agentes económicos un marco jurídico previsible para el desarrollo del comercio de bienes y servicios, y de la inversión, a fin de propiciar su participación activa en las relaciones económicas y comerciales entre las Partes;

Decididas a establecer reglas claras y de beneficio mutuo entre las Partes, que propicien las condiciones necesarias para un mayor crecimiento y la diversificación de las corrientes del comercio, el desarrollo y la competitividad en sus economías;

Convencidas de la importancia de facilitar el libre movimiento de personas entre las Partes, como un mecanismo que coadyuve a crear mejores condiciones de competitividad y desarrollo económico;

Conscientes de la necesidad de impulsar la cooperación internacional para el desarrollo económico de las Partes y para la mejora de su capacidad competitiva;

Considerando los...

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