Decreto núm. 8, publicado el 03 de Diciembre de 2020. FIJA EMPRESAS ADJUDICATARIAS DE LA CONSTRUCCIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE TRANSMISIÓN NACIONAL Y ZONAL, CORRESPONDIENTES AL LLAMADO DE LICITACIÓN PÚBLICA DEL PLAN DE EXPANSIÓN DEL AÑO 2017, APROBADO MEDIANTE DECRETO Nº 293 EXENTO, DE 2018, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 852662881

Decreto núm. 8, publicado el 03 de Diciembre de 2020. FIJA EMPRESAS ADJUDICATARIAS DE LA CONSTRUCCIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE TRANSMISIÓN NACIONAL Y ZONAL, CORRESPONDIENTES AL LLAMADO DE LICITACIÓN PÚBLICA DEL PLAN DE EXPANSIÓN DEL AÑO 2017, APROBADO MEDIANTE DECRETO Nº 293 EXENTO, DE 2018, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

FIJA EMPRESAS ADJUDICATARIAS DE LA CONSTRUCCIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE TRANSMISIÓN NACIONAL Y ZONAL, CORRESPONDIENTES AL LLAMADO DE LICITACIÓN PÚBLICA DEL PLAN DE EXPANSIÓN DEL AÑO 2017, APROBADO MEDIANTE DECRETO Nº 293 EXENTO, DE 2018, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Núm. 8 T.- Santiago, 14 de julio de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 35 de la Constitución Política de la República; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante la "ley"; en la ley Nº 20.936, que establece un nuevo sistema de transmisión eléctrica y crea un organismo coordinador independiente del sistema eléctrico nacional, en adelante la "ley Nº 20.936"; en el decreto exento Nº 293, de 2018, del Ministerio de Energía, que "Fija obras de Ampliación de los Sistemas de Transmisión Nacional y Zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al Plan de Expansión del año 2017", en adelante "decreto exento Nº 293"; en el decreto exento Nº 418, de 2017, del Ministerio de Energía, que "Fija listado de instalaciones de transmisión zonal de ejecución obligatoria, necesarias para el abastecimiento de la demanda"; en el decreto exento Nº 422, de 2017, del Ministerio de Energía, que "Fija plan de expansión del sistema de transmisión nacional para los doce meses siguientes"; lo informado por el Coordinador Eléctrico Nacional, en adelante el "Coordinador", en su carta DE 01008-20, de fecha 2 de marzo de 2020, complementada mediante correo electrónico de fecha 9 de marzo de 2020; en la resolución exenta Nº 164, de 22 de mayo de 2020, de la Comisión Nacional de Energía, en adelante la "Comisión", que deja sin efecto resolución exenta Nº 76, de la Comisión Nacional de Energía, de 9 de marzo de 2020, y aprueba nuevo Informe Técnico "Resultado del llamado a Licitación para la Adjudicación de la Construcción y Ejecución de las Obras de Ampliación contempladas en el decreto exento Nº 293, de 2018, del Ministerio de Energía", enviada al Ministerio de Energía, en adelante el "Ministerio", mediante el oficio CNE Of. Ord. Nº 375/2020, de fecha 22 de mayo de 2020; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, conforme lo dispuesto en el inciso primero del artículo 92º de la ley, mediante el decreto exento Nº 293, esta Secretaría de Estado fijó las obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al plan de expansión del año 2017.

  2. Que, el Coordinador realizó la Licitación Pública Internacional para la Adjudicación de la Construcción y Ejecución de las Obras de Ampliación fijadas por el decreto exento Nº 293, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 95º de la ley.

  3. Que, seguidamente y considerando lo dispuesto en el inciso primero del artículo 96º de la ley, el Coordinador resolvió la referida licitación y adjudicó la construcción y ejecución de las obras de ampliación que se indican en el presente decreto, en conformidad a las respectivas bases de licitación, y procedió a informar a la Comisión sobre la evaluación de los proyectos y su adjudicación mediante su carta DE 01008-20, de fecha 2 de marzo de 2020, complementada mediante correo electrónico de fecha 9 de marzo de 2020.

  4. Que, en cumplimiento de lo señalado en el inciso segundo del artículo 96º de la ley, la Comisión mediante su oficio CNE Of. Ord. Nº 375/2020, de 22 de mayo de 2020, remitió al Ministerio su resolución exenta Nº 164, de 22 de mayo del mismo año, que deja sin efecto resolución exenta Nº 76, de la Comisión Nacional de Energía, de 9 de marzo de 2020, y aprueba nuevo Informe Técnico "Resultado del llamado a Licitación para la Adjudicación de la Construcción y Ejecución de las Obras de Ampliación contempladas en el decreto exento Nº 293, de 2018, del Ministerio de Energía".

  5. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 96º de la ley, el Ministerio, mediante decreto expedido bajo la fórmula "por orden del Presidente de la República", debe fijar las empresas adjudicatarias de la construcción y ejecución de las obras de ampliación que se indican en el numeral 1° del presente decreto, y demás aspectos señalados en dicho artículo.

    Decreto:

    1. Fíjanse los propietarios, empresas adjudicatarias encargadas de la construcción y ejecución, valor de inversión ("V.I.") adjudicado y plazo máximo para la entrada en operación de las obras de ampliación de los Sistemas de Transmisión Nacional y Zonal, correspondientes al Plan de Expansión del año 2017, que se indican continuación:

      Los proyectos deberán estar construidos y entrar en operación, a más tardar, dentro de los plazos constructivos indicados en la tabla anterior, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

      En caso de que el día de entrada en operación de un determinado proyecto de los indicados anteriormente sea un día sábado, domingo o festivo, éste deberá ser prorrogado al primer día hábil siguiente.

    2. Fíjanse las características técnicas mínimas de las obras de ampliación señaladas en el numeral anterior.

  6. DOBLE VINCULACIÓN TRANSFORMADOR Nº 1 220/110 KV EN S/E CARDONES

    1.1. Descripción General de la Obra

    El proyecto consiste en el cambio de conexión del autotransformador Nº 1 de la subestación Cardones a las dos barras principales de 220 kV de dicha subestación. Además, el proyecto considera el cambio de configuración de las barras de 110 kV, pasando de una configuración barra simple seccionada a una configuración doble barra y doble interruptor, a través de la construcción de una segunda barra principal cuya dimensión debe ser al menos equivalente a la dimensión de la barra actual. El proyecto considera utilizar equipamiento GIS compacto en el patio 220 kV, y la reutilización del existente paño seccionador de barras en el patio 110 kV para el cambio de conexión del autotransformador Nº 1.

    Finalmente, en el patio de 110 kV se deberán realizar las modificaciones necesarias para adecuar los paños de los otros autotransformadores y de las líneas 1x110 kV Cardones - Copiapó, 1x110 kV Cardones - Copayapu y 1x110 kV Castilla - Cardones, considerando el equilibrio de cargas en dichas barras.

    El proyecto incluye todas las obras civiles y labores necesarias para la ejecución y puesta en servicio, tales como adecuaciones en los patios respectivos, adecuaciones de las protecciones, SCADA, obras civiles, montaje, malla de puesta a tierra y pruebas de los nuevos equipos, entre otras.

    Asimismo, el proyecto incluye todas las obras y labores establecidas en las Bases de Licitación elaboradas por el Coordinador y en la Oferta Técnica del adjudicatario.

  7. AMPLIACIÓN EN S/E PLANTAS

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