Decreto núm. 79, publicado el 02 de Agosto de 2016. DECLARA FUERZA MAYOR Y MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N°5T, DE FECHA 9 DE SEPTIEMBRE DE 2103, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 646176193

Decreto núm. 79, publicado el 02 de Agosto de 2016. DECLARA FUERZA MAYOR Y MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N°5T, DE FECHA 9 DE SEPTIEMBRE DE 2103, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

DECLARA FUERZA MAYOR Y MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N°5T, DE FECHA 9 DE SEPTIEMBRE DE 2103, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Núm. 79.- Santiago, 14 de junio de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en adelante e indistintamente "ley N° 19.880"; en el decreto ley N° 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante e indistintamente "LGSE"; en el decreto supremo N° 327, de 1997, del Ministerio de Minería, que establece el Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos; en el decreto exento N° 82, de 29 de febrero de 2012, del Ministerio de Energía, que Fija Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Troncal, para los doce meses siguientes, modificado por el decreto exento Nº 487, de 5 de diciembre de 2012 y por el decreto exento N° 1, de 7 de enero de 2013, ambos del Ministerio de Energía, todos referidos en adelante e indistintamente como el "decreto exento Nº 82"; en la resolución exenta N° 277, de 30 de abril de 2012, de la Comisión Nacional de Energía, que Aprueba las Bases de Licitación de las Obras Nuevas contempladas en el decreto exento N° 82, modificada por las resoluciones exentas N° 625, de 22 de agosto de 2012, Nº 801, de 23 de octubre de 2012, N° 949, de 10 de diciembre de 2012, Nº 975, de 18 de diciembre de 2012, N° 11, de 7 de enero de 2013, N° 36, de 22 de enero de 2013, N° 131, de 19 de marzo de 2013 y N° 156, de 25 de marzo de 2013, todas de la Comisión Nacional de Energía, referidas en adelante e indistintamente como las "Bases" o las "Bases de Licitación"; en el decreto supremo N° 5T, de fecha 9 de septiembre de 2013, del Ministerio de Energía, que fija empresa adjudicataria de los derechos de explotación y ejecución de la obra nueva denominada Nueva Línea 2x220 kV Encuentro - Lagunas Primer Circuito, en el Sistema de Transmisión Troncal del Sistema Interconectado del Norte Grande, en adelante e indistintamente "decreto Nº 5T"; en el decreto exento N° 34, de 27 de enero de 2015, del Ministerio de Energía, que cambia titularidad de la empresa adjudicataria de los derechos de explotación y ejecución de obra nueva denominada "Nueva Línea 2x220 kV Encuentro - Lagunas Primer Circuito" en el Sistema de Transmisión Troncal del Sistema Interconectado del Norte Grande, en adelante e indistintamente "decreto exento N° 34"; en la Carta CDEC-SING N° 1086/2015, de 7 de agosto de 2015, del Centro de Despacho Económico de Carga del Sistema Interconectado del Norte Grande; en las presentaciones realizadas por la empresa Interchile S.A. de fechas 18 de febrero de 2016, 18 de marzo de 2016, 18 de abril de 2016 y 13 de mayo de 2016; en la resolución exenta N° 42, de 3 de junio de 2016, de la Subsecretaría de Energía; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

  1. Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 99° y siguientes de la LGSE, el Ministerio de Energía, mediante el decreto exento Nº 82 fijó el plan de expansión del Sistema de Transmisión Troncal del Sistema Interconectado del Norte Grande para los doce meses siguientes, entre cuyas obras se encuentra la obra nueva "Nueva Línea 2x220 kV Encuentro - Lagunas Primer Circuito", en adelante Línea Encuentro - Lagunas, en el cual estableció las condiciones y términos para su licitación.

  2. Que la Dirección de Peajes del Centro de Despacho Económico de Carga del Sistema Interconectado del Norte Grande, de acuerdo al artículo 96° de la LGSE, efectuó el proceso de licitación pública internacional conforme a los plazos y términos fijados en el decreto exento Nº 82, en el que se adjudicaron los derechos de ejecución y explotación de la Línea Encuentro - Lagunas a la empresa Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P.

  3. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 97° de la LGSE, la Dirección de Peajes del Centro de Despacho Económico de Carga del Sistema lnterconectado del Norte Grande comunicó los resultados de la licitación a la Comisión Nacional de Energía, quien remitió al Ministerio de Energía el informe técnico referente al proceso licitatorio de los sistemas de transmisión troncal señalado en la misma norma, en base al...

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