Decreto núm. 73, publicado el 25 de Noviembre de 2021. FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA ATENCIÓN DEL SECTOR DENOMINADO 'ALTO VOLCANES', COMUNA DE PUERTO MONTT, REGIÓN DE LOS LAGOS, DE LA EMPRESA AGUAS SANTIAGO NORTE S.A.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA ATENCIÓN DEL SECTOR DENOMINADO "ALTO VOLCANES", COMUNA DE PUERTO MONTT, REGIÓN DE LOS LAGOS, DE LA EMPRESA AGUAS SANTIAGO NORTE S.A.
Núm. 73.- Santiago, 21 de diciembre de 2020.
Vistos:
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- Los artículos 15º y 16º del DFL Nº 382 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas "Ley General de Servicios Sanitarios", en adelante e indistintamente "DFL MOP Nº 382/88";
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- El DFL Nº 70, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente, "DFL MOP Nº 70/88";
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- El decreto supremo Nº 453 del 12 de diciembre de 1989, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que contiene el Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente, el "Reglamento";
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- La Ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (en adelante e indistintamente, la "Superintendencia" o "SISS");
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- El artículo 100º del decreto supremo Nº 1.199 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, "DS MOP Nº 1.199/04";
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El decreto supremo Nº 68, de fecha 12 de junio 2020, del Ministerio de Obras Públicas, mediante el cual se otorgó a la empresa Aguas Santiago Norte S.A. las concesiones de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas para la atención del sector denominado "Alto Volcanes", comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos;
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- El estudio tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados;
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- El Ord. de la SISS Nº 262 de 23.01.20 y la carta de la empresa Aguas Santiago Norte S.A. GG Nº19 de 28.01.20;
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- Estos antecedentes.
Considerando:
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- Que, los prestadores de servicios públicos de agua potable y de alcantarillado de aguas servidas están sujetos a la fijación tarifaria establecida por el DFL MOP Nº 70/88 y su Reglamento;
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- Que, mediante decreto supremo Nº 68 de fecha 12 de junio de 2020, el Ministerio de Obras Públicas otorgó las concesiones sanitarias de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas a la empresa Aguas Santiago Norte S.A., para la atención del sector denominado "Alto Volcanes", de la comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos;
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- Que, la determinación tarifaria efectuada por la SISS e informada al Ministerio de Economía Fomento y Turismo no tuvo observaciones por parte de esta Secretaría de Estado, según lo señaló en su Ordinario Nº 11189, de fecha 30 de diciembre 2019;
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- Que, las tarifas ofrecidas en su postulación por la única empresa solicitante resultaron ser superiores a las determinadas por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, según consta en el considerando e) del decreto supremo MOP Nº 68 de 2020 ya citado;
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- Que, Aguas Santiago Norte S.A., mediante carta GG Nº19/20 de 28 de enero de 2020, manifestó su conformidad con las tarifas determinadas por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, aceptándolas;
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- Que, la determinación de tarifas ha cumplido además con las normas y actos de procedimiento establecidos en el DFL MOP Nº 70/88 y su Reglamento.
Decreto:
Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas de las concesiones sanitarias correspondientes al sector denominado "Alto Volcanes", comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, concedidas a la empresa Aguas Santiago Norte S.A., en adelante -e indistintamente- el prestador, en los siguientes términos:
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DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS
1.1. DEFINICIÓN DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS
1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL
CFCL = CF * IN1
1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable ($/m3): CVAP
CVAP = CV1 * IN2 + CV2 * IN3
1.1.3. Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas ($/m3):
CVAL
CVAL = CV3 * IN4 + CV4 * IN5
1.2. DEFINICIÓN Y VALORES DE LOS CARGOS TARIFARIOS
La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 30 de septiembre de 2018, son los indicados a continuación:
1.3. POLINOMIOS DE INDEXACIÓN
Se definen IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13 e IN14: como los polinomios de indexación de tarifas. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:
INi = ai * IIPC + bi * IIPBI + ci * IIPPI
A continuación se indican los valores de ai, bi y ci, para el...
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