Decreto núm. 73, publicado el 25 de Noviembre de 2021. FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA ATENCIÓN DEL SECTOR DENOMINADO 'ALTO VOLCANES', COMUNA DE PUERTO MONTT, REGIÓN DE LOS LAGOS, DE LA EMPRESA AGUAS SANTIAGO NORTE S.A. - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 878557754

Decreto núm. 73, publicado el 25 de Noviembre de 2021. FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA ATENCIÓN DEL SECTOR DENOMINADO 'ALTO VOLCANES', COMUNA DE PUERTO MONTT, REGIÓN DE LOS LAGOS, DE LA EMPRESA AGUAS SANTIAGO NORTE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA ATENCIÓN DEL SECTOR DENOMINADO "ALTO VOLCANES", COMUNA DE PUERTO MONTT, REGIÓN DE LOS LAGOS, DE LA EMPRESA AGUAS SANTIAGO NORTE S.A.

Núm. 73.- Santiago, 21 de diciembre de 2020.

Vistos:

  1. - Los artículos 15º y 16º del DFL Nº 382 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas "Ley General de Servicios Sanitarios", en adelante e indistintamente "DFL MOP Nº 382/88";

  2. - El DFL Nº 70, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente, "DFL MOP Nº 70/88";

  3. - El decreto supremo Nº 453 del 12 de diciembre de 1989, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que contiene el Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente, el "Reglamento";

  4. - La Ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (en adelante e indistintamente, la "Superintendencia" o "SISS");

  5. - El artículo 100º del decreto supremo Nº 1.199 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, "DS MOP Nº 1.199/04";

  6. El decreto supremo Nº 68, de fecha 12 de junio 2020, del Ministerio de Obras Públicas, mediante el cual se otorgó a la empresa Aguas Santiago Norte S.A. las concesiones de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas para la atención del sector denominado "Alto Volcanes", comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos;

  7. - El estudio tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados;

  8. - El Ord. de la SISS Nº 262 de 23.01.20 y la carta de la empresa Aguas Santiago Norte S.A. GG Nº19 de 28.01.20;

  9. - Estos antecedentes.

    Considerando:

  10. - Que, los prestadores de servicios públicos de agua potable y de alcantarillado de aguas servidas están sujetos a la fijación tarifaria establecida por el DFL MOP Nº 70/88 y su Reglamento;

  11. - Que, mediante decreto supremo Nº 68 de fecha 12 de junio de 2020, el Ministerio de Obras Públicas otorgó las concesiones sanitarias de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas a la empresa Aguas Santiago Norte S.A., para la atención del sector denominado "Alto Volcanes", de la comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos;

  12. - Que, la determinación tarifaria efectuada por la SISS e informada al Ministerio de Economía Fomento y Turismo no tuvo observaciones por parte de esta Secretaría de Estado, según lo señaló en su Ordinario Nº 11189, de fecha 30 de diciembre 2019;

  13. - Que, las tarifas ofrecidas en su postulación por la única empresa solicitante resultaron ser superiores a las determinadas por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, según consta en el considerando e) del decreto supremo MOP Nº 68 de 2020 ya citado;

  14. - Que, Aguas Santiago Norte S.A., mediante carta GG Nº19/20 de 28 de enero de 2020, manifestó su conformidad con las tarifas determinadas por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, aceptándolas;

  15. - Que, la determinación de tarifas ha cumplido además con las normas y actos de procedimiento establecidos en el DFL MOP Nº 70/88 y su Reglamento.

    Decreto:

    Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas de las concesiones sanitarias correspondientes al sector denominado "Alto Volcanes", comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, concedidas a la empresa Aguas Santiago Norte S.A., en adelante -e indistintamente- el prestador, en los siguientes términos:

  16. DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1. DEFINICIÓN DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

    CFCL = CF * IN1

    1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable ($/m3): CVAP

    CVAP = CV1 * IN2 + CV2 * IN3

    1.1.3. Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas ($/m3):

    CVAL

    CVAL = CV3 * IN4 + CV4 * IN5

    1.2. DEFINICIÓN Y VALORES DE LOS CARGOS TARIFARIOS

    La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 30 de septiembre de 2018, son los indicados a continuación:

    1.3. POLINOMIOS DE INDEXACIÓN

    Se definen IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13 e IN14: como los polinomios de indexación de tarifas. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:

    INi = ai * IIPC + bi * IIPBI + ci * IIPPI

    A continuación se indican los valores de ai, bi y ci, para el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR