Decreto núm. 71, publicado el 09 de Mayo de 2019. APRUEBA NUEVO REGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO NACIONAL DEL DEPORTE DE CHILE, CREADO POR EL ARTÍCULO 79° DE LA LEY N° 19.712 - vLex Chile

Decreto núm. 71, publicado el 09 de Mayo de 2019. APRUEBA NUEVO REGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO NACIONAL DEL DEPORTE DE CHILE, CREADO POR EL ARTÍCULO 79° DE LA LEY N° 19.712

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL DEPORTE
Rango de LeyDecreto

APRUEBA NUEVO REGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO NACIONAL DEL DEPORTE DE CHILE, CREADO POR EL ARTÍCULO 79° DE LA LEY N° 19.712

Núm. 71.- Santiago, 7 de noviembre de 2018.

Vistos:

  1. Lo dispuesto en los artículos 328 y 35 de la Constitución Política de la República.

  2. Artículo 79° de la ley N° 19.712.

  3. Decreto N° 101 de 2002, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que Aprueba Reglamento para la Concesión del Premio Nacional del Deporte de Chile, creado por el Artículo 79° de la ley N° 19.712.

  4. Ley N° 20.686 que crea el Ministerio del Deporte.

  5. Ley N° 20.978, que Reconoce el Deporte Adaptado y Paralímpico.

  6. Decreto supremo N° 413 de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra en el cargo de Ministra del Deporte a doña María Paulina Kantor Pupkin.

  7. Resolución N° 1.600 de 2008, de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. La necesidad de regular la forma, plazos, condiciones y procedimientos por los cuales se deberá otorgar el Premio Nacional del Deporte de Chile, creado por la ley N° 19.712.

  2. Que, el decreto supremo N° 101 que Aprueba Reglamento para la Concesión del Premio Nacional del Deporte de Chile, es anterior a la creación del Ministerio del Deporte y por tanto no considera la participación de éste en el otorgamiento de dicho Premio.

  3. Que, la ley N° 20.686 que crea el Ministerio del Deporte, le confiere a esta Secretaría de Estado, la calidad de órgano superior de colaboración del Presidente de la República en materias referidas a la Política Nacional del Deporte.

  4. Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo , numeral de la ley N° 20.686, corresponde al Ministerio del Deporte definir las estrategias para difundir los valores, ideales y conocimientos relativos a la actividad física y al deporte, y para el incentivo de su práctica permanente y sistemática en todos los sectores de la población.

  5. Que, resulta necesario adecuar las normas del decreto supremo N° 101 a las disposiciones de la ley N° 20.686, a objeto de incorporar la participación del Ministerio del Deporte en el proceso de otorgamiento del Premio Nacional del Deporte de Chile.

  6. Que, de igual manera, se requiere adecuar las disposiciones del decreto supremo N° 101, a la normativa de la ley N° 20.978, que Reconoce el Deporte Adaptado y Paralímpico.

Decreto:

Artículo primero

Apruébese el nuevo Reglamento para la Concesión del Premio Nacional del Deporte de Chile, creado por el Artículo 79° de la ley N° 19.712.

TÍTULO I Del Premio Nacional del Deporte de Chile Artículos 1 a 5
Artículo 1°

El Premio Nacional del Deporte de Chile, establecido por el artículo 79° de la ley N° 19.712, en adelante "el Premio", es un galardón que otorgará anualmente el Estado de Chile al deportista o equipo de deportistas chilenos, tanto convencionales o Paralímpicos, que en el año calendario anterior se haya distinguido por sus resultados competitivos o por su trayectoria destacada y ejemplar para la juventud del país. Sólo se premiará a un deportista o al equipo de una disciplina deportiva.

Artículo 2°

El Ministerio del Deporte, en adelante "el Ministerio", llevará un registro especial, en soporte electrónico, con las identidades y trayectoria deportiva de las personas galardonadas.

Las personas podrán ser distinguidas sólo una vez en su...

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