Decreto núm. 611, publicado el 24 de Abril de 2021. OTORGA FACULTADES EN MATERIAS DE ÍNDOLE TRIBUTARIA A LOS ORGANISMOS QUE INDICA, PARA APOYAR A LAS FAMILIAS Y A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 865043091

Decreto núm. 611, publicado el 24 de Abril de 2021. OTORGA FACULTADES EN MATERIAS DE ÍNDOLE TRIBUTARIA A LOS ORGANISMOS QUE INDICA, PARA APOYAR A LAS FAMILIAS Y A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

OTORGA FACULTADES EN MATERIAS DE ÍNDOLE TRIBUTARIA A LOS ORGANISMOS QUE INDICA, PARA APOYAR A LAS FAMILIAS Y A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Núm. 611.- Santiago, 9 de abril de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República; en la Ley Nº 21.306, que Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales; en el artículo 3 letra d) del decreto supremo Nº 104, de 1977, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley 16.282; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 31, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministro de Estado en la cartera que se indica; en el artículo 36 del Código Tributario, contenido en el decreto ley Nº 830, de 1974; en la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2006, del Ministerio del Interior; en el decreto Nº 2.385, de 1996, del Ministerio del Interior, que fija texto refundido y sistematizado del decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales; en la ley Nº 19.925, ley sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas; en el artículo 22 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1998, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley 17.235, sobre Impuesto Territorial; en la ley Nº 20.416, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño; en el decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), y sus modificaciones; en el decreto Nº 1, de 2021, del Ministerio de Salud, que prorroga vigencia del decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV); en las resoluciones del Ministerio de Salud, que disponen medidas sanitarias que indican por brote de COVID-19; en el decreto supremo Nº 104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, prorrogado por los decretos supremos Nºs. 269, 400 y 646, todos de 2020, y Nº 72, de 2021, de la misma cartera de Estado; en el decreto supremo Nº 107, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara como zonas afectadas por catástrofe a las comunas que indica; en el decreto supremo Nº 76, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que extiende vigencia del decreto supremo Nº 107, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara como zonas afectadas por catástrofe a las comunas que indica; en el decreto supremo Nº 420, de 2020, del Ministerio de Hacienda, que establece medidas de índole tributaria, para apoyar a las familias, los trabajadores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, en las dificultades generadas por la propagación de la enfermedad COVID-19 en Chile, modificado por los decretos supremos Nº 553, Nº 842, Nº 1.043 y Nº 1.156, todos de 2020, del Ministerio de Hacienda; en el decreto supremo Nº 301, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que autoriza a Municipalidades para disponer prórroga de pago de patente que indica; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, como es de público conocimiento, a partir del mes de diciembre de 2019 hasta la fecha, se ha producido un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-CoV-2) que produce la enfermedad del coronavirus 2019 o COVID-19.

  2. Que, la situación descrita precedentemente ha afectado la salud de las personas y ha provocado daños de consideración en sus bienes, situación que se ha ido agravando conforme se ha ido expandiendo el virus, y que ha significado que deba adoptarse una serie de medidas excepcionales para proteger la salud de la población.

  3. Que, con ocasión de todo lo anterior, se ha generado una paralización o una drástica reducción en las faenas o trabajos de millones de trabajadores, lo que ha generado una reducción en sus fuentes de ingreso e inclusive la pérdida de sus empleos, afectando negativamente a dichos trabajadores y sus familias. Asimismo, la contingencia ha afectado a las empresas de nuestro país, especialmente a las de menor tamaño, las que se han visto afectadas en el normal desarrollo de sus negocios y sus niveles de venta, liquidez y capital de trabajo.

  4. Que, mediante el decreto supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se declaró estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, por el plazo de 90 días, el cual ha sido prorrogado sucesivamente mediante los decretos supremos Nºs. 269, 400 y 646, todos de 2020, y el decreto supremo Nº 72, de 2021, todos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

  5. Que, el decreto supremo Nº 107, de 20 de marzo de...

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