Decreto núm. 6, publicado el 30 de Enero de 2019. DESAFECTA RESERVA FORESTAL 'ALACALUFES'. CRÉASE EL PARQUE NACIONAL 'KAWÉSQAR' Y LA RESERVA NACIONAL 'KAWÉSQAR', EN LA REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA - MINISTERIO DE BIENES NACIONALES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 760313353

Decreto núm. 6, publicado el 30 de Enero de 2019. DESAFECTA RESERVA FORESTAL 'ALACALUFES'. CRÉASE EL PARQUE NACIONAL 'KAWÉSQAR' Y LA RESERVA NACIONAL 'KAWÉSQAR', EN LA REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyDecreto

DESAFECTA RESERVA FORESTAL "ALACALUFES". CRÉASE EL PARQUE NACIONAL "KAWÉSQAR" Y LA RESERVA NACIONAL "KAWÉSQAR", EN LA REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA

Núm. 6.- Santiago, 26 de enero de 2018.

Vistos:

Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 198 y 32, de la Constitución Política de la República; la ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el decreto ley Nº 1.939, de 1977; el DS Nº 531, de 1967, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como Ley de la República la "Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América", suscrita en Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, el 12 de octubre de 1940; el DS Nº 868, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como Ley de la República, el convenio sobre "Conservación de Especies Migratorias de la Fauna Salvaje"; el decreto supremo Nº 1.963, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como Ley de la República, el "Convenio sobre Diversidad Biológica"; la oferta de donación efectuada por Fundación Yendegaia; la resolución Nº 9, de 13 de septiembre de 2017, de la Subsecretaría de Bienes Nacionales; el oficio Nº 2317, de 15 de diciembre de 2017, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura; los oficios Nºs. 1657 y 1661, ambos del año 2018, de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado; el acuerdo Nº 17/2017, adoptado en Sesión Extraordinaria del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, de fecha 10 de abril de 2017, y; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, la protección del medio ambiente y elevar el estándar de protección de las áreas existentes.

Que, mediante decreto supremo Nº 263, de 22 de julio de 1969, modificado por decreto supremo N° 304, de 26 de agosto de 1969, ambos del Ministerio de Agricultura, se creó la "Reserva Forestal Alacalufes", con una superficie total aproximada de 2.674.000 hectáreas, ubicada en la comuna de Natales del Departamento de Última Esperanza y comuna Río Verde del Departamento de Magallanes, con el objeto de preservar y regular el aprovechamiento de los recursos forestales y conservar las bellezas del paisaje.

Que mediante decretos supremos Nº 135, de 24 de abril de 1985 y Nº 618, de 3 de diciembre de 1987, ambos del Ministerio de Bienes Nacionales, se desafectó de su calidad de tal parte de la Reserva Forestal Alacalufes, en el primer acto administrativo disminuyendo su superficie a 900.000 hectáreas, incorporándose la superficie restada al Parque Nacional Bernardo O'Higgins y, en el segundo, donde se incorporan los terrenos que formaban parte del Parque Nacional "Hernando de Magallanes" y de la Reserva Forestal "Isla Riesco", quedando individualizada la Reserva Forestal Alacalufes en el Plano Nº XII-1-358 C.R, con una superficie total aproximada de 2.313.875 hectáreas.

Que, por mandato del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en noviembre de 2015 se constituyó una Mesa Técnica Intersectorial (MTI), coordinada por el Ministerio del Medio Ambiente e integrada por los Ministerios del Interior y Seguridad Pública, Bienes Nacionales, la Subsecretaría de Turismo y la Corporación Nacional Forestal, cuyo objetivo fue elaborar un programa de trabajo que apuntara en primer término a concretar los traspasos de tierras privadas al Fisco y a crear las condiciones legales necesarias para la creación de nuevas áreas protegidas del Estado, a objeto de incrementar las ya existentes.

Que, con fecha 15 de marzo de 2017 se suscribió un Protocolo de Acuerdo entre el Estado de Chile y las entidades donantes relacionadas al ecologista Douglas Tompkins, cuyo objeto fue gestionar y materializar el conjunto de objetivos y acciones que integran el proyecto "Red de Parques de la Patagonia Chilena", sobre la base de un trabajo conjunto y coordinado entre las partes, que involucraba la donación de propiedades privadas y el compromiso del Estado de incluir propiedad fiscal en los nuevos Parques y en los ya existentes, así como proceder a la re-categorización de áreas protegidas que no tuviesen el estándar de protección de parque nacional.

Que, con fecha 27 de marzo de 2017, las entidades donantes presentaron al Gobierno de Chile una oferta de donación modal de inmuebles de su propiedad, que en su conjunto conformaban una superficie total aproximada de 407.625 hectáreas, ubicadas en las regiones de Los Lagos, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y de la Antártica Chilena, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 inciso segundo del decreto ley Nº 1.939 de 1977.

Que, en cumplimiento del compromiso del Estado de concretar una Red de Parques Nacionales de la Patagonia Chilena, entre las regiones citadas en el considerando precedente, se perfeccionaron administrativamente las donaciones, que para el caso del Parque Nacional Kawésqar, consta la resolución Nº 9, de 13 de septiembre de 2017, de la Subsecretaría de Bienes Nacionales, por medio de la cual se aceptó la donación modal que hizo Fundación Yendegaia, respecto de dos inmuebles signados como Lote 14 y Lote 16, ubicados en el lugar denominado Seno Skyring, de la comuna de Río Verde, provincia de Magallanes y de la Antártica Chilena. El modo consistía en que el Fisco de Chile - Ministerio de Bienes Nacionales, en el plazo de dos años contados desde la inscripción de los inmuebles a su nombre, destine estos terrenos de manera permanente a su conservación y protección mediante la creación del Parque Nacional Kawésqar, unidad que se circunscribe en el proyecto denominado "Red de Parques Nacionales de la Patagonia Chilena".

Que, las inscripciones de los inmuebles donados a favor del Fisco de Chile - Ministerio de Bienes Nacionales se perfeccionaron en el Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas.

Que, conforme lo dispuesto en el artículo 71 letra c) de la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es función del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad proponer al Presidente de la República la creación de las Áreas Protegidas del Estado, que incluye parques y reservas marinas, así como los santuarios de la naturaleza y de las áreas marinas protegidas de múltiples usos.

Que, en virtud del Acuerdo Nº 17 adoptado en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de abril de 2017, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, acordó proponer a la Presidenta de la República la recategorización de la Reserva Forestal Alacalufes a Parque Nacional y su ampliación, condicionando la dictación del decreto supremo respectivo, a la realización de un proceso previo de Consulta Indígena, en conformidad al Convenio Nº 169 de la OIT, cuyos resultados debían ser informados previamente a dicho Consejo.

Que, de acuerdo a lo anterior, mediante resolución exenta Nº 1.322, de 29 de junio de 2017, se dispuso la realización de un proceso de Consulta al Pueblo Indígena Kawésqar, iniciando el procedimiento administrativo y convocando al proceso, el que a través de resolución exenta Nº 2.110, de 2 de noviembre de 2017, se dispuso el término de proceso de consulta y del procedimiento administrativo, cuyos resultados fueron informados al Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, según da cuenta el Acta de Sesión Ordinaria Nº 1, de 5 de enero de 2018.

Que, en relación a los terrenos fiscales que se incorporan al Parque Nacional, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura mediante oficio Nº 2317, de fecha 15 de diciembre de 2017, se pronunció favorablemente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Nº 18.892, General de Pesca y...

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