Decreto núm. 514 EXENTO, publicado el 28 de Diciembre de 2016. MODIFICA ARANCEL ADUANERO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ARANCEL ADUANERO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE
Núm. 514 exento.- Santiago, 1 de diciembre de 2016.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 4º de la ley Nº 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado aprueba el DFL Nº 31, de 2004, de Hacienda; el artículo 42 de la Ley Nº 18.768, Sobre Normas Complementarias de Administración Financiera, de Incidencia Presupuestaria y de Personal, que reemplazó la Nomenclatura utilizada en el Arancel Aduanero por la Nomenclatura del "Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías"; el DFL Nº 2, de 1989, de Hacienda, que aprueba y tiene como oficial de la República de Chile el Arancel Aduanero basado en la Nomenclatura del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías; el decreto supremo Nº 1.148, de 2011, de Hacienda, que modificó el Arancel Aduanero; el decreto supremo Nº 19, del año 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución Nº 1.600, de 2008, y el oficio Nº 86801, de 30 de noviembre de 2016, ambos de Contraloría General de la República; y,
Considerando:
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La necesidad imprescindible de hacer las modificaciones administrativas al Arancel Aduanero, a fin de incorporar las enmiendas y correcciones introducidas a la Nomenclatura Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, como asimismo, efectuar las modificaciones con la finalidad de adecuar este instrumento a las exigencias de las técnicas modernas y asegurar que dicho sistema se mantenga actualizado de acuerdo a los cambios de la tecnología o con los patrones del comercio internacional.
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Que, en este contexto, se ha seguido la Sexta Recomendación de Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, de fechas 27.06.2014; la Recomendación de Enmienda de 11.06.2015, y la Versión Única en Español, año 2017, de la Nomenclatura de dicho Convenio Internacional.
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Teniendo en consideración los documentos remitidos por la Secretaría General de la Organización Mundial de Aduanas (OMA): NG021281, que contiene el texto oficial, en idiomas inglés y francés, de la Recomendación de Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, de fecha 27.06.16 a entrar en vigencia el 01.01.2017; NG0220B1 y NG0226B1, corrigenda y addendum, luego de la Recomendación de 27.06.2014, a subpartidas de los Capítulos 3, 44 y 63 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, aceptado en idiomas oficiales inglés y francés, conforme a la Recomendación de 11.06.2015 de la...
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