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Decreto núm. 514 EXENTO, publicado el 28 de Diciembre de 2016. MODIFICA ARANCEL ADUANERO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ARANCEL ADUANERO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE

Núm. 514 exento.- Santiago, 1 de diciembre de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 4º de la ley Nº 18.525, que establece normas sobre importación de mercancías al país, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado aprueba el DFL Nº 31, de 2004, de Hacienda; el artículo 42 de la Ley Nº 18.768, Sobre Normas Complementarias de Administración Financiera, de Incidencia Presupuestaria y de Personal, que reemplazó la Nomenclatura utilizada en el Arancel Aduanero por la Nomenclatura del "Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías"; el DFL Nº 2, de 1989, de Hacienda, que aprueba y tiene como oficial de la República de Chile el Arancel Aduanero basado en la Nomenclatura del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías; el decreto supremo Nº 1.148, de 2011, de Hacienda, que modificó el Arancel Aduanero; el decreto supremo Nº 19, del año 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución Nº 1.600, de 2008, y el oficio Nº 86801, de 30 de noviembre de 2016, ambos de Contraloría General de la República; y,

Considerando:

  1. La necesidad imprescindible de hacer las modificaciones administrativas al Arancel Aduanero, a fin de incorporar las enmiendas y correcciones introducidas a la Nomenclatura Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, como asimismo, efectuar las modificaciones con la finalidad de adecuar este instrumento a las exigencias de las técnicas modernas y asegurar que dicho sistema se mantenga actualizado de acuerdo a los cambios de la tecnología o con los patrones del comercio internacional.

  2. Que, en este contexto, se ha seguido la Sexta Recomendación de Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, de fechas 27.06.2014; la Recomendación de Enmienda de 11.06.2015, y la Versión Única en Español, año 2017, de la Nomenclatura de dicho Convenio Internacional.

  3. Teniendo en consideración los documentos remitidos por la Secretaría General de la Organización Mundial de Aduanas (OMA): NG021281, que contiene el texto oficial, en idiomas inglés y francés, de la Recomendación de Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, de fecha 27.06.16 a entrar en vigencia el 01.01.2017; NG0220B1 y NG0226B1, corrigenda y addendum, luego de la Recomendación de 27.06.2014, a subpartidas de los Capítulos 3, 44 y 63 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, aceptado en idiomas oficiales inglés y francés, conforme a la Recomendación de 11.06.2015 de la...

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