Decreto núm. 5 EXENTO, publicado el 20 de Enero de 2022. MODIFICA DECRETO Nº 284 EXENTO, DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 2020, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE REGULA REQUISITOS, PROCEDIMIENTO, CUOTAS Y PLAZOS PARA ACCEDER AL BONO DE APOYO Y PRÉSTAMO ESTATAL SOLIDARIO ESTABLECIDO EN FAVOR DE LOS MICROEMPRESARIOS Y CONDUCTORES DEL TRANSPORTE REMUNERADO DE PASAJEROS SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 6° DE LA LEY N° 21.256, SEGÚN SE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO Nº 284 EXENTO, DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 2020, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE REGULA REQUISITOS, PROCEDIMIENTO, CUOTAS Y PLAZOS PARA ACCEDER AL BONO DE APOYO Y PRÉSTAMO ESTATAL SOLIDARIO ESTABLECIDO EN FAVOR DE LOS MICROEMPRESARIOS Y CONDUCTORES DEL TRANSPORTE REMUNERADO DE PASAJEROS SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 6° DE LA LEY N° 21.256, SEGÚN SE INDICA
Núm. 5 exento.- Santiago, 17 de enero de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 21.289, de Presupuestos del sector público, correspondiente al año 2021; en la ley Nº 21.395, de Presupuestos para el sector público, correspondiente al año 2022; en la ley N° 18.696, que Modifica artículo 6 de la ley N° 18.502, autoriza importación de vehículos que señala y establece normas sobre transporte de pasajeros; en la ley Nº 19.040, que Establece normas para adquisición por el Fisco de vehículos que indica y otras disposiciones relativas a la locomoción colectiva de pasajeros; en la ley Nº 19.831, que crea el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares; en la ley N° 21.242, que Establece un beneficio para los trabajadores independientes que indica; en la ley Nº 21.252, que Establece un financiamiento con aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media en los casos que indica; en la ley N° 20.378, que Crea un subsidio nacional para el transporte público remunerado de pasajeros; en el DFL N° 707, de 1982, de los Ministerios de Justicia y de Hacienda, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley sobre cuentas corrientes bancarias y cheques; en el DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en la Ley N° 20.474, que Prorroga la suspensión de inscripción de nuevos vehículos en el servicio de taxis; en la ley N° 20.867, que Suspende por el plazo de cinco años la inscripción de taxis en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros; en la ley N° 21.256, que Establece medidas tributarias que forman parte del plan de emergencia para la reactivación económica y del empleo en un marco de convergencia fiscal de mediano plazo; en el artículo 19 de la ley N° 21.323, que Establece un nuevo bono clase media y un préstamo solidario para la protección de los ingresos de la clase media; en el decreto supremo N° 212, de 15 de octubre de 1992, Reglamento de los Servicios Nacionales de Transporte Público de Pasajeros; en el decreto supremo Nº 38, de 19 de febrero de 1992, que Reglamenta el transporte remunerado de escolares y en el decreto supremo N° 38, de 7 de abril de 2003, que Crea y reglamenta el Registro Nacional de...
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