Decreto núm. 49, publicado el 18 de Marzo de 2021. FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE PARA EL CONCESIONARIO COMUNIDAD DE SERVICIOS REMODELACIÓN SAN BORJA (COSSBO), COMUNA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 862549038

Decreto núm. 49, publicado el 18 de Marzo de 2021. FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE PARA EL CONCESIONARIO COMUNIDAD DE SERVICIOS REMODELACIÓN SAN BORJA (COSSBO), COMUNA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE PARA EL CONCESIONARIO COMUNIDAD DE SERVICIOS REMODELACIÓN SAN BORJA (COSSBO), COMUNA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA

Núm. 49.- Santiago, 25 de agosto de 2020.

Vistos:

  1. - El DFL Nº 70 de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente, "DFL MOP Nº 70/88";

  2. - La Ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (en adelante, e indistintamente, la "Superintendencia" o "SISS");

  3. - El decreto supremo Nº 453 del 12 de diciembre de 1989, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que contiene el Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente, el "Reglamento";

  4. - El artículo 100º del decreto supremo Nº1.199 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, "DS MOP Nº 1.199/04";

  5. - El decreto supremo Nº 262, de fecha 23 de diciembre de 2014, publicado el 21 de marzo de 2015, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable, para el concesionario Comunidad de Servicios Remodelación San Borja (COSSBO), comuna de Santiago, Región Metropolitana;

  6. - El estudio tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados;

  7. - Estos antecedentes.

    Considerando:

  8. - Que, en conformidad con el artículo 2º de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;

  9. - Que, el procedimiento administrativo realizado para la fijación de las tarifas de los servicios públicos sanitarios del concesionario Comunidad de Servicios Remodelación San Borja, correspondientes al quinquenio 2020-2025, cumple con las etapas en la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley de Tarifas;

  10. - Que, en el proceso de fijación de tarifas del concesionario Comunidad de Servicios Remodelación San Borja, dicho concesionario no elaboró su estudio tarifario, circunstancia que quedó señalada en el acta de intercambio de los estudios tarifarios;

  11. - Que, en caso que el concesionario no elabore su propio estudio tarifario, los resultados obtenidos por la Superintendencia de Servicios Sanitarios serán considerados definitivos;

  12. - Que la determinación de tarifas ha cumplido además con las Bases, normas y actos de procedimiento establecidos en el DFL MOP Nº 70/88 y su Reglamento.

    Decreto:

    Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable del concesionario Comunidad de Servicios Remodelación San Borja, en adelante e indistintamente la concesionaria, en los siguientes términos:

  13. DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1. DEFINICIÓN DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

    CFCL = CF * IN1

    1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable ($/m3): CVAP

    CVAP = CV1 * IN2 + CV2 * IN3

    1.2. DEFINICIÓN Y VALORES DE LOS CARGOS TARIFARIOS

    La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus...

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