Decreto núm. 49, publicado el 20 de Agosto de 2025. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA ?PUERTO TERRESTRE LOS ANDES GENERAL DIRECTOR DE CARABINEROS JOSÉ ALEJANDRO BERNALES?
| Fecha de disposición | 08 Abril 2025 |
| Fecha de publicación | 20 Agosto 2025 |
MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "PUERTO TERRESTRE LOS ANDES GENERAL DIRECTOR DE CARABINEROS JOSÉ ALEJANDRO BERNALES"
Núm. 49.- Santiago, 8 de abril de 2025.
Vistos:
El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos y sus modificaciones.
- El decreto supremo MOP Nº 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en particular su artículo 19°.
- El decreto supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 69°.
- La Ley Nº 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.
- El DFL MOP Nº 7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.
- El decreto supremo MOP N° 1.163, de fecha 30 de noviembre de 2004, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Puerto Terrestre Los Andes".
- La resolución de Calificación Ambiental Nº 283, de fecha 18 de octubre de 2005.
- El decreto supremo MOP N° 198, de fecha 15 de junio de 2009, que otorgó nueva denominación oficial a la obra pública fiscal denominada "Puerto Terrestre Los Andes".
- El oficio Ord. Nº 180127/2018, de fecha 26 de enero de 2018, de la Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (S).
- La Carta G.G. 225/22, de fecha 6 de diciembre de 2022, de la Sociedad Concesionaria.
- El oficio Ord. N° 09820266-2023, de fecha 27 de junio de 2023, de la Directora Nacional del Servicio Nacional de Aduanas.
- El oficio Ord. N° 09830667-2024, de fecha 2 de octubre de 2024, de la Directora Nacional del Servicio Nacional de Aduanas.
- El oficio Ord. N° 098493-2025, de fecha 7 de enero de 2025, de la Directora Nacional del Servicio Nacional de Aduanas.
- El oficio Ord. N° 003, de fecha 7 de enero de 2025, del Jefe de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.
- El oficio Ordinario SES N° 69/2025, de fecha 10 de enero de 2025, del Jefe de la División de Evaluación Social de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
- El oficio N° 72, de fecha 22 de enero de 2025, del Director General de Concesiones de Obras Públicas (S).
- El oficio N° 0982606-2025, de fecha 24 de enero de 2025, de la Directora Nacional del Servicio Nacional de Aduanas (S).
- El oficio Ord. N° 2358/2025, de fecha 27 de enero de 2025, del Inspector Fiscal.
- La carta G.G.: 22/25, de fecha 29 de enero de 2025, de la Sociedad Concesionaria.
- El oficio Ord. Nº 2361/2025, de fecha 29 de enero de 2025, del Inspector Fiscal.
- El oficio Ord. Nº 21, de fecha 30 de enero de 2025, del Jefe de la División de Operaciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.
- La resolución DGC (exenta) N° 11, de fecha 30 de enero de 2025.
- La Ley N° 21.722, Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025, en particular su artículo 18.
- La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de la Toma de Razón.
- La minuta denominada "Explicación pormenorizada del proceso de la segunda licitación de la obra pública fiscal Puerto Terrestre Los Andes", del Jefe de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.
Considerando:
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Que los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento establecen que el Ministerio de Obras Públicas, en adelante el "MOP", desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, debiendo compensar al concesionario con las indemnizaciones necesarias en caso de perjuicio, acordando con aquél indemnizaciones que podrán expresarse en el plazo de la concesión, en las tarifas, en los aportes o subsidios o en otros factores del régimen económico de la concesión pactados, pudiendo utilizar uno o varios factores a la vez.
-
Que, el artículo 69° del Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, agregando en su Nº 4 que el Director General de Concesiones de Obras Públicas, con el visto bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.
-
Que el inciso tercero del artículo 18 de la ley 21.722, ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2025, establece que las modificaciones que se incorporen a los contratos de concesión y los convenios en que se pacten las compensaciones derivadas de dichas modificaciones, se realizarán mediante decreto supremo fundado del Ministerio de Obras Públicas, dictado bajo la fórmula "por orden del Presidente de la República", debiendo llevar, además, la firma del Ministro de Hacienda.
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Que, según lo establecido en el artículo 1.6.5 de las Bases de Licitación, la concesión de la obra pública fiscal denominada "Puerto Terrestre Los Andes General Director de Carabineros José Alejandro Bernales", en adelante denominado, indistintamente, Puerto Terrestre Los Andes, tendrá una duración de 240 meses contado desde el inicio de la concesión, esto es, desde la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo de Adjudicación, ocurrida el día 23 de febrero de 2005. En consecuencia, el plazo de la concesión expira el 23 de febrero de 2025.
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Que, en el marco de lo establecido en el artículo 25° de la Ley de Concesiones de Obras Púbicas, mediante oficio Ord. N° 098493-2025, de fecha 7 de enero 2025, la Directora Nacional del Servicio Nacional de Aduanas, en su calidad de Mandante del contrato de concesión, informó que hará entrega a la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas de los Términos de Referencia y Anteproyecto Referencial para el nuevo proceso licitatorio durante el primer trimestre del año 2026 y 2028, respectivamente.
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Que en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, mediante oficio Ord. N° 003, de fecha 7 de enero de 2025, el Jefe de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, informó al Jefe de la División de Operaciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, en el marco de la segunda licitación del Proyecto "Concesión Puerto Terrestre Los Andes", acerca de las fases y plazos programados, indicando que se estima la recepción de ofertas para el mes de diciembre de 2028, la publicación en el Diario Oficial del Decreto de Adjudicación en el mes de mayo de 2029, y un período de transición de 90 días; por lo que se ha estimado necesario prorrogar la duración de la actual concesión hasta el mes de agosto de 2029, de manera que no exista solución de continuidad entre el contrato vigente y la entrada en vigencia de la nueva concesión, de modo de no afectar la operación.
Adicionalmente, en la minuta denominada "Explicación pormenorizada del proceso de la segunda licitación de la obra pública fiscal Puerto Terrestre Los Andes", el Jefe de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, que incluye una Minuta Ejecutiva del Servicio Nacional de Aduanas, hace un recuento del trabajo realizado entre el Ministerio de Obras Públicas y el Servicio Nacional de Aduanas, mandante del contrato de concesión, para la definición y levantamiento de las obras a realizar, de los recursos necesarios para llevar a cabo los estudios preinversionales, entre otros aspectos, el cual ha llevado más tiempo de lo originalmente programado, motivo por el cual se definió ampliar el plazo del contrato de concesión y proyectar y ejecutar las inversiones más urgentes en el marco del actual contrato de concesión, todo lo cual se explica pormenorizadamente en dichas minutas.
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Que, por otra parte, el Puerto Terrestre Los Andes permite reunir las funciones públicas y privadas relacionadas con el control aduanero y fitozoosanitario de los productos que ingresan y salen del país a través del paso fronterizo de Los Libertadores. Los principales objetivos del proyecto, según lo declarado en el artículo 1.2.3 de las Bases de Licitación, son:
i) descongestionar y descontaminar la ciudad de Los Andes, ii) crear un centro de servicios integrales a la carga, camiones y conductores, cercano a la ciudad de Los Andes con instalaciones adecuadas a la dinámica y crecimiento esperado del tráfico de carga internacional, iii) potenciar el uso de la nueva infraestructura existente (Autopista Los Libertadores) y proyectada (nueva Ruta 60 CH), generando un polo de desarrollo regional.
-
Que, desde el segundo semestre del año 2020, se ha generado un aumento en el flujo de camiones que ingresan al Puerto Terrestre Los Andes, pasando por una cifra histórica en el mes de octubre de 2021, de 19.198 camiones. En la actualidad, ingresan al Puerto Terrestre Los Andes un promedio mensual de 12.000 camiones aproximadamente, el que se proyecta aumente a 13.000 camiones en los próximos años. En las condiciones actuales de capacidad del Puerto Terrestre Los Andes no se logra cubrir las necesidades en eventos relevantes que concentran altas demandas de ocupación y...
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