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Decreto núm. 468, publicado el 20 de Mayo de 2019. APRUEBA 'ORDENANZA LOCAL SOBRE MANEJO DE RESIDUOS DE ESCOMBROS, EXCAVACIONES, DEMOLICIONES U OBRAS DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA "ORDENANZA LOCAL SOBRE MANEJO DE RESIDUOS DE ESCOMBROS, EXCAVACIONES, DEMOLICIONES U OBRAS DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN"

Núm. 468.- Villa Alemana, 5 de abril de 2019.

Vistos:

El Acuerdo del H. Concejo Municipal, adoptado en su Sesión Ordinaria Nº 83 celebrada con fecha 15 de marzo de 2019, que aprobó la "Ordenanza Local sobre Manejo de Residuos de Escombros, Excavaciones, Demoliciones, Desmontes u Obras de Edificación y Urbanización".

El Certificado Nº 53 de fecha 15 de marzo de 2019, emitido por el Secretario Municipal, que da cuenta del Acuerdo referido precedentemente.

La Ordenanza Local Sobre Manejo de Residuos de Escombros, Excavaciones, Demoliciones, Desmontes u Obras de Edificación y Urbanización.

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y sus modificaciones.

Decreto:

  1. - Apruébase el texto de la "Ordenanza Local Sobre Manejo de Residuos de Escombros, Excavaciones, Demoliciones u Obras de Edificación y Urbanización", que a continuación se transcribe:

"ORDENANZA LOCAL SOBRE MANEJO DE RESIDUOS DE ESCOMBROS, EXCAVACIONES, DEMOLICIONES, DESMONTES U OBRAS DE EDIFICACIÓN Y URBANIZACIÓN"

Artículo 1

La presente Ordenanza regula el retiro, traslado y destino de los residuos de escombros, excavaciones, demoliciones, desmontes u obras de edificación y urbanización, tales como tierra, piedras y otros materiales inertes, que no sean peligrosos, sean incombustibles, no solubles, no contaminantes y no biodegradables, provenientes de las obras de construcción, demolición y urbanización que se realicen en la comuna de Villa Alemana.

Estos residuos, en adelante se denominarán genéricamente en la presente Ordenanza como Rescon (residuos de la construcción), salvo que se limite su alcance a específicos tipos de residuos.

Se aplicará la presente Ordenanza, a los permisos municipales de edificación de obra nueva, de urbanización, de instalación obras preliminares y de demolición que se soliciten en la comuna, cuya ejecución genere Rescon, provenientes de edificaciones existentes que hayan de ser demolidas o desmanteladas o alteren transitoria o definitivamente el nivel del suelo natural o existente del predio en que se soliciten e impliquen su traslado a lugares de destino distintos del predio del proyecto. También se aplicará a las obras de mejoramiento de la vialidad pública por parte del sector público y a las instalaciones efectuadas por empresas de servicios y utilidad pública, cuya ejecución genere Rescon.

Esta Ordenanza no es aplicable a los residuos sólidos domiciliarios, cuya extracción corresponde a la I. Municipalidad, ni a los desechos de carácter orgánico y objetos voluminosos.

Artículo 2 Definiciones:

Escombrera o sitio para la recepción y disposición de escombros: Instalación que recibirá residuos sólidos inertes, no peligrosos, provenientes de excavaciones, demoliciones, desmontes, obras de edificación y urbanización, tales como tierra de cualquier naturaleza, rocas, hormigón, asfalto de demolición, ladrillos, cerámicas, baldosas, tejas, fibrocementos, yeso, etc.

Residuos sólidos asimilables: Residuos sólidos, basuras, o desperdicios generados en procesos industriales u otras actividades que no son considerados residuos peligrosos de acuerdo a la reglamentación sanitaria vigente y que, además, por su cantidad y composición y características físicas, químicas y bacteriológicas, pueden ser dispuestos en una escombrera sin interferir su normal operación.

Residuos voluminosos: Aquellos residuos que, por sus dimensiones, no pueden ser gestionados como el resto de los residuos urbanos y por ello van a ser objeto de un tipo de recogida especial y de un tratamiento distinto dependiendo de sus características. Se suele tratar de electrodomésticos, muebles y enseres domésticos en desuso.

Materia Orgánica: Aquellos residuos de vegetales, frutas y verduras y asimilables.

Cada vez que se solicite a la Dirección de Obras Municipales alguna de las siguientes autorizaciones: Permisos de instalación de obras preliminares para realizar excavaciones (artículo 5.1.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en adelante "OGUC"); Permisos de demolición (artículo 5.1.4. de la OGUC); Permisos de edificación de obra nueva que incluyan y acompañen los antecedentes relativos a demoliciones (artículo 5.1.6., inciso final, de la OGUC); y/o...

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