Decreto núm. 45, publicado el 25 de Febrero de 2019. NOMBRA SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 768670001

Decreto núm. 45, publicado el 25 de Febrero de 2019. NOMBRA SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

NOMBRA SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA

Núm. 45.- Santiago, 20 de marzo de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en el DFL N° 1, de 2005, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el DFL N° 2, de 1987, del Ministerio de Hacienda, que traspasa, transforma y crea cargos que indica en la planta de personal de la Subsecretaría del Trabajo; en el DFL N° 2, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que adecua planta y escalafones del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, al artículo 5° de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el DFL N° 1, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que modifica requisitos de ingreso y promoción en la planta de personal de la Subsecretaría del Trabajo; en el decreto N° 413, de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministros y Ministras de Estado en las carteras que se indican; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y

Considerando:

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 60 de la ley N° 19.175, "Los ministerios se desconcentrarán territorialmente mediante secretarías regionales ministeriales, de acuerdo con sus respectivas leyes orgánicas, con excepción de los Ministerios del Interior, Secretaría General de la Presidencia, de Defensa Nacional y de Relaciones Exteriores".

Que la persona que se nombra por el presente decreto reúne los requisitos necesarios para desempeñar la función señalada.

Decreto:

Primero: Nómbrase a contar del 20 de marzo de 2018, a don Juan Manuel Carrasco Barra, RUT 13.999.294-6, en el cargo de Secretario Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social en la Región de Arica y Parinacota, en grado 4° EUS, planta del estamento Directivo de este servicio, quien realizará sus funciones en la ciudad de Arica.

Segundo: Por razones impostergables de buen servicio, la persona...

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