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Decreto núm. 4, publicado el 16 de Febrero de 2022. APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL HUEMUL (HIPPOCAMELUS BISULCUS) EN LA ZONA LOS NEVADOS DE CHILLÁN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL HUEMUL (HIPPOCAMELUS BISULCUS) EN LA ZONA LOS NEVADOS DE CHILLÁN

Núm. 4.- Santiago, 29 de enero de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 19 número 8 y 32 número 6 de la Constitución Política de la República de Chile; en los artículos 37, 70 letra i), 71 letra f) y 73 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el Convenio sobre Diversidad Biológica, promulgado como Ley de la República mediante el decreto supremo Nº 1.963, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 151, de 2006, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que oficializa la primera Clasificación de Especies Silvestres según su Estado de Conservación; en el decreto supremo Nº 1, de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la elaboración de Planes de Recuperación, Conservación y Gestión de Especies; en la resolución exenta Nº 730, de 2019, del Ministerio del Medio Ambiente, que da inicio al procedimiento abreviado para la elaboración del Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Huemul en Los Nevados de Chillán; en el Acuerdo Nº 10/2020, del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, adoptado el 26 de junio de 2020; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y,

Considerando:

  1. Que, es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, así como velar por la protección y conservación de la diversidad biológica del país.

  2. Que, conforme lo dispone el artículo 70 letra i) de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es atribución del Ministerio del Medio Ambiente proponer políticas y formular planes, programas y acciones que establezcan los criterios básicos y las medidas preventivas para favorecer la recuperación y conservación de los recursos hídricos, genéticos, la flora, la fauna, los hábitats, los paisajes, ecosistemas y espacios naturales, en especial los frágiles y degradados, contribuyendo al cumplimiento de los convenios internacionales de conservación de la biodiversidad.

  3. Que, los planes de recuperación, conservación y gestión de especies constituyen un instrumento administrativo que contiene el conjunto de acciones, medidas y procedimientos que deberán ejecutarse para recuperar, conservar y manejar especies que hubiesen sido clasificadas en el marco del Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación, de acuerdo con el artículo 37 de la ley Nº 19.300.

  4. Que, actualmente, el huemul (Hippocamelus bisulcus) se encuentra clasificado en categoría "En Peligro" mediante el decreto supremo Nº 151, de 2006, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que oficializa la primera Clasificación de Especies Silvestres según su Estado de Conservación.

  5. Que, adicionalmente, el huemul (Hippocamelus bisulcus) ha sido declarado Monumento Natural, a través del decreto supremo Nº 2, de 2006, del Ministerio de Agricultura.

  6. Que, a su vez, la población del huemul (Hippocamelus bisulcus) ubicada en la zona de Los Nevados de Chillán, en Chile Central, representa en la actualidad el límite norte de su rango de distribución. Esta población se encuentra aislada por más de 400 km del resto de la población más numerosa y estable, al sur del país. Ello implica que la especie en esta zona se encuentre en serio peligro de extinción, debido a su reducido tamaño y a la alta fragmentación de su población, lo que implica una importante limitante en el aumento de su tamaño.

  7. Que, la condición de vulnerabilidad y aislamiento que presenta la población del huemul (Hippocamelus bisulcus) en la zona de Los Nevados de Chillán lleva a la necesidad de que las acciones para disminuir sus amenazas y asegurar su conservación, deban planificarse en forma específica.

  8. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del decreto supremo Nº 1, de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, la propuesta final de los planes de recuperación, conservación y gestión de especies será sometida al pronunciamiento del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad.

  9. Que, por Acuerdo Nº 10/2020, adoptado el 26 de junio de 2020, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad se pronunció favorablemente respecto de la propuesta final del Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Huemul (Hippocamelus bisulcus) en la zona de Los Nevados de Chillán.

  10. Que, la referida propuesta del Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Huemul (Hippocamelus bisulcus) en la zona de Los Nevados de Chillán fue elaborada en conformidad con los criterios y siguiendo el procedimiento previsto al efecto en el decreto supremo Nº 1, de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la elaboración de Planes de Recuperación, Conservación y Gestión de Especies.

    Decreto:

    Apruébase el siguiente Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Huemul (Hippocamelus bisulcus) en la zona de Los Nevados de Chillán:

    PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL HUEMUL EN LA ZONA DE LOS NEVADOS DE CHILLÁN

    Región Biobío y Ñuble

    Instrumento administrativo que contiene el conjunto de metas, objetivos y acciones que deberán ejecutarse para recuperar, conservar y gestionar al huemul (Hippocamelus bisulcus) en la zona Nevados de Chillán.

    2019

    ÍNDICE

  11. INTRODUCCIÓN

    1.1. CONTEXTO DE SU CONSERVACIÓN

  12. METODOLOGÍA DE ELABORACIÓN DEL PLAN

    2.1. GRUPO DE ELABORACIÓN

    2.2. PARTICIPACIÓN CIUDADANA

  13. ANTECEDENTES GENERALES DEL HUEMUL

    3.1. DESCRIPCIÓN DE LA ESPECIE

    3.2. DISTRIBUCIÓN Y DEMOGRAFÍA

    3.3. ACCIONES DE CONSERVACIÓN A LA FECHA

    3.4. ESTADO DE CONSERVACIÓN

    3.5. ÁREA DE OCUPACIÓN Y EXTENSIÓN DE LA PRESENCIA13

  14. DIAGNÓSTICO DE LOS FACTORES DE AMENAZA Y SUS EFECTOS

    4.1. PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA Y URBANIZACIÓN SIN CONSIDERACIONES EN LA CONSERVACIÓN DEL HUEMUL

    4.2. VULNERABILIDAD AL CAMBIO CLIMÁTICO

    4.3. PRÁCTICAS GANADERAS NO SUSTENTABLES

    4.4. PRESENCIA DE PERROS

    4.5. ACTIVIDADES RECREATIVAS NO COMPATIBLES CON LA PROTECCIÓN DEL HUEMUL

    4.6. INCENDIOS

    4.7. PRÁCTICAS FORESTALES INADECUADAS

    4.8. PRESENCIA DE UNGULADOS EXÓTICOS

    4.9. CAZA ILEGAL

    4.10. DESASTRES NATURALES

  15. ACTORES RELEVANTES

  16. VISIÓN

  17. ALCANCE

  18. META

  19. OBJETIVOS DEL PLAN

  20. ESTRUCTURA DEL PLAN DE ACCIÓN

    10.1. LÍNEAS DE ACCIÓN POR OBJETIVO OPERATIVO E INDICADORES DE SEGUIMIENTO

    10.2. ACTIVIDADES POR LÍNEA DE ACCIÓN, PLAZOS ASOCIADOS, PRODUCTOS/RESULTADOS Y RESPONSABLES

  21. GRUPO DE SEGUIMIENTO, PROCEDIMIENTO Y PERIODOS DE EVALUACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN

  22. COSTO ESTIMADO PARA IMPLEMENTACIÓN Y FINANCIAMIENTO

  23. INTRODUCCIÓN

    El huemul (Hippocamelus bisulcus), ciervo nativo y emblemático de Chile, se encuentra clasificado como En Peligro, tanto a nivel internacional por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN, por sus siglas en inglés), como a nivel nacional, según consta en el decreto supremo Nº 151, de 2006, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, ello en el marco del Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación. También, está protegido por la Ley Nº 19.473, de 1996, en la cual se prohíbe su caza, tenencia, posesión, captura, transporte y comercialización. Adicionalmente, la especie fue declarada Monumento Natural de acuerdo al decreto supremo Nº 2, de 2006, del Ministerio de Agricultura.

    Históricamente se distribuía desde el río Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins (34º S) hasta el Estrecho de Magallanes, en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena (54º S). Se estima que, a la actualidad, ha presentado una reducción del 50% de su rango de distribución, desde el arribo de los españoles al cono sur de América, y del 99% en su tamaño poblacional.

    La población de huemules ubicada en Los Nevados de Chillán - Laguna del Laja, en Chile Central, representa en la actualidad el límite norte de su rango de distribución. Esta población se encuentra aislada por más de 400 km del resto de la población más numerosa y estable, al sur del país. Esto implica que la especie se encuentre en serio peligro de extinción, debido a su reducido tamaño y a la alta fragmentación de su población, lo que implica la existencia de grupos reproductivos distantes entre sí, lo que representa una importante limitante en el aumento de su tamaño geográficamente.

    En este contexto, la condición de vulnerabilidad y aislamiento que presenta la población de huemules en Chile Central lleva a la necesidad de que las acciones para disminuir sus amenazas y asegurar su conservación, deban planificarse en forma específica, razón por la cual se elaboró el presente Plan de Recuperación, Conservación y Gestión, particularmente para esta población.

    1.1. CONTEXTO DE SU CONSERVACIÓN

    En la Región del Biobío, la Corporación Nacional Forestal (Conaf) ha liderado desde hace más de 40 años, diversas acciones para promover la conservación del huemul en la zona, conformando, junto a otras instituciones públicas y privadas, un equipo consolidado y permanente en torno a la conservación de esta población de huemules.

    En 1996, Conaf y la ONG "Comité Nacional Pro Defensa de la Flora y Fauna" (Codeff), constituyeron formalmente el "Comité de Recuperación del Huemul Nevados de Chillán", conformado inicialmente por servicios públicos, empresas forestales, universidades y organizaciones de la sociedad civil. Posteriormente, este grupo se sigue reuniendo, en el marco del Primer Plan Nacional de Conservación del Huemul (PNCH) elaborado por Conaf y Codeff en 2001.

    En 2002, bajo la coordinación de Codeff y The Nature Conservancy (TNC), el huemul en la Reserva de la Biósfera Nevados de Chillán - Laguna del Laja fue...

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