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Decreto núm. 4, publicado el 01 de Febrero de 2021. DETERMINA ÓRGANO QUE PRESTARÁ APOYO TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO A LA CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL Y CREA UNIDAD QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DETERMINA ÓRGANO QUE PRESTARÁ APOYO TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO A LA CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL Y CREA UNIDAD QUE INDICA

Núm. 4.- Santiago, 11 de enero de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en la ley Nº 21.200, que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República; la ley Nº 21.221, reforma constitucional que establece un nuevo itinerario electoral para el plebiscito constituyente y otros eventos electorales que indica; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021; la ley Nº 18.993, que crea el Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República y su reglamento orgánico, contenido en el decreto supremo Nº 7, de 1991, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el decreto exento Nº 1.886, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, de acuerdo a los artículos 24 y 326 de la Constitución Política de la República, corresponde a S.E. el Presidente de la República, por mandato constitucional, el gobierno y la administración de éste y ejercer la potestad reglamentaria en todas aquellas materias que no sean propias del dominio legal, sin perjuicio de la facultad de dictar los demás reglamentos, decretos e instrucciones que crea convenientes para la ejecución de las leyes.

  2. Que, el 24 de diciembre de 2019, fue publicada en el Diario Oficial la ley Nº 21.200, que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República, en el sentido de incorporar un nuevo epígrafe al referido Capítulo de la Carta Fundamental, en el que se establece el procedimiento para elaborar una nueva Constitución Política de la República.

  3. Que, dado el itinerario constitucional, el 25 de octubre de 2020 se celebró el plebiscito nacional señalado en el inciso primero del artículo 130 de la Carta Fundamental, convocado por S.E. el Presidente de la República...

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