Decreto núm. 4, publicado el 06 de Enero de 2021. APRUEBA REGLAMENTO QUE REGULA LA DETERMINACIÓN, CONCESIÓN Y PAGO DEL SUBSIDIO PARA ALCANZAR UN INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO DE LA LEY Nº 21.218 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 854292475

Decreto núm. 4, publicado el 06 de Enero de 2021. APRUEBA REGLAMENTO QUE REGULA LA DETERMINACIÓN, CONCESIÓN Y PAGO DEL SUBSIDIO PARA ALCANZAR UN INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO DE LA LEY Nº 21.218

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA REGLAMENTO QUE REGULA LA DETERMINACIÓN, CONCESIÓN Y PAGO DEL SUBSIDIO PARA ALCANZAR UN INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO DE LA LEY Nº 21.218

Santiago, 23 de junio de 2020.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 4.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32, Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada; en la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica; en la ley Nº 21.218, que crea un subsidio para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado; en la ley Nº 20.595, que crea el Ingreso Ético Familiar que establece bonos y transferencias condicionadas para las familias de pobreza extrema y crea Subsidio al Empleo de la Mujer; en la ley Nº 20.338, que crea el Subsidio al Empleo; en la ley Nº 21.227, que faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo de la ley Nº 19.728, en circunstancias excepcionales; en el decreto Nº 15, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, que aprueba reglamento del artículo 4º de la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica los cuerpos legales que indica; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y en las demás normas aplicables;

Considerando:

Que, el inciso final del artículo 7º de la ley Nº 21.218, mandata al Ministerio de Desarrollo Social y Familia la dictación de un reglamento, el que deberá ser suscrito además por los Ministros de Hacienda y del Trabajo y Previsión Social, que regulará la determinación, concesión y pago del subsidio para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado, su época o épocas de pago, los antecedentes para acreditar el cumplimiento de los requisitos de dicho subsidio, y las demás normas necesarias para su aplicación y funcionamiento;

Que, el inciso segundo del artículo primero de las disposiciones transitorias de la ley Nº 21.218, dispone que el reglamento a que se refiere el inciso final del artículo 7 deberá dictarse dentro de los noventa días siguientes a la fecha de publicación de dicha ley, por tanto;

Decreto:

Artículo único

Apruébase el "Reglamento que regula la determinación, concesión y pago del subsidio para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado de la ley Nº 21.218", cuyo texto es el siguiente:

TÍTULO PRIMERO Artículos 1 a 3

De la determinación del monto del subsidio

Artículo 1

El subsidio para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado, en adelante el "Subsidio", se regirá por las disposiciones de la ley Nº 21.218, en adelante la "Ley", de este reglamento, y las normas dictadas por la Superintendencia de Seguridad Social, conforme lo dispone el inciso primero del artículo 10 de la ley.

Artículo 2

La Subsecretaría de Evaluación Social, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos del trabajador o trabajadora para acceder al Subsidio, determinará el monto mensual del mismo, de acuerdo con las reglas establecidas en los artículos 2º y 3º de la ley.

Artículo 3

Para aquellos trabajadores o trabajadoras que tuviesen más de un contrato de trabajo simultáneamente, se verificarán los requisitos sumando todas las remuneraciones percibidas simultáneamente, y se calculará el subsidio utilizando la remuneración bruta mensual de mayor valor.

Aquellos trabajadores...

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