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Decreto núm. 36 EXENTO, publicado el 14 de Octubre de 2020. ESTABLECE SUBROGACIÓN SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE SUBROGACIÓN SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Santiago, 30 de octubre de 2018.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 36 exento.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley N° 20.820, que crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género y modifica normas legales que indica; el decreto supremo N° 27, de 2016, que aprueba el Reglamento Orgánico que determina la estructura interna de este Ministerio; el DFL N° 1, de 2016, del Ministerio de Desarrollo Social, que fija la planta del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género; lo dispuesto en la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el decreto con fuerza de ley N° 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834; en la Ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en los decretos N° 23 y N° 42 de 2018, ambos de este Ministerio; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; en la resolución N° 10, de 2017, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón de las materias de personal que se indican, y demás normativa aplicable y en el dictamen N° 75.218, de 2010, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, por razones de buen servicio, es imprescindible establecer órdenes de subrogación para el cargo de Secretaria Regional Ministerial de la Región de Valparaíso, que opere en caso de ausencia o impedimento de la titular.

  2. Que, la referida subrogación atiende al principio de continuidad de la función pública previsto en el artículo 3° del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado.

  3. Que, el Intendente de la Región de Valparaíso, Sr. Jorge Martínez Durán...

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