Decreto núm. 33, publicado el 22 de Julio de 2021. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'HOSPITAL FÉLIX BULNES', Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM Nº1 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 871213210

Decreto núm. 33, publicado el 22 de Julio de 2021. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'HOSPITAL FÉLIX BULNES', Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM Nº1

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "HOSPITAL FÉLIX BULNES", Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM Nº1

Núm. 33.- Santiago, 22 de febrero de 2021.

Vistos:

- El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos, y sus modificaciones.

- El decreto supremo MOP Nº 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164 de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en particular su artículo 19º.

- El decreto supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 69º.

- El decreto supremo MOP Nº 153, de fecha 27 de febrero de 2014, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, reparación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Hospital Félix Bulnes".

- La Ley Nº 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas

- El DFL MOP Nº7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El decreto supremo MOP Nº 240, de fecha 17 de agosto de 2015.

- El Oficio Ord. C/21 Nº 2497 de fecha 17 de julio de 2017, de la Subsecretaria de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud.

- El Oficio Ord. C4 / Nº 3123, de fecha 28 de agosto de 2017, de la Subsecretaria de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud.

- El Acta Sesión Nº 51, de fecha 31 de enero de 2018, del Comité Técnico de Adquisición y Reposición de Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico (CTAR) del Contrato de Concesión Hospital Félix Bulnes.

- La Carta FM/IF/SCMS/003826/17, de fecha 20 de febrero de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. Nº 0292/18, de fecha 2 de marzo de 2018, del Coordinador de Concesiones de Obras Públicas.

- La Carta Nº FM/IF/SCMS/004086/18, de fecha 5 de abril de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. C4/Nº 1820, de fecha 30 de abril de 2018, de la Subsecretaria de Redes Asistenciales de MINSAL.

- El Oficio Ord. Nº 114/2018, de fecha 30 de abril de 2018, del Coordinador Técnico de la Etapa de Construcción del Hospital Félix Bulnes.

- El Oficio Ord. Nº 137/2018, de fecha 18 de mayo de 2018, del Coordinador Técnico de la Etapa de Construcción del Hospital Félix Bulnes.

- La Carta Nº FM/IF/SCMS/004395/18, de fecha 24 de mayo de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. Nº 4988/18, de fecha 21 de agosto de 2018, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. Nº 0081, de fecha 23 de agosto de 2018, del Director General de Concesiones de Obras Públicas.

- La Carta FM/IF/SCMS/0004877/18, de fecha 31 de agosto de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. C4/ Nº 3868, de fecha 6 de septiembre de 2018, del Subsecretario de Redes Asistenciales de MINSAL.

- El Oficio Ord. Nº 5105/18, de fecha 7 de septiembre de 2018, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. Nº 004, de fecha 7 de septiembre de 2018, del Jefe de la Unidad de Hospitales de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- La resolución DGC (exenta) Nº 0359, de fecha 10 de septiembre de 2018.

- El Oficio Ord. Nº 5247/18, de fecha 5 de octubre de 2018, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. Nº 041, de fecha 25 de octubre de 2019, del Jefe de la Unidad de Hospitales de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El Oficio Ord. C49 / Nº 5519, de fecha 23 de diciembre de 2019, del Subsecretario de Redes Asistenciales.

- La resolución DGC (exenta) Nº 0842/2020, de fecha 23 de marzo de 2020.

- La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

- La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, el artículo 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas podrá modificar las características de las obras y servicios contratados, a objeto de incrementar los niveles de servicio y estándares técnicos establecidos en las Bases de Licitación, o por otras razones de interés público debidamente fundadas.

  2. Que, el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, agregando en su Nº 4 que el Director General de Obras Públicas, con el visto bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

  3. Que, de conformidad al artículo 2 de la Ley Nº 21.044 de 2017, desde la fecha de inicio de las funciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas fijada en el DFL MOP Nº 7 de 2018, ésta asumió la totalidad de las competencias, funciones y atribuciones que desempeñaba la Dirección General de Obras Públicas, por sí y a través de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, dispuestas en el DFL MOP Nº 850 de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, relacionadas con la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y por tanto, está encargada especialmente de continuar la gestión de los contratos de estudios, asesorías y concesión a través de sus etapas de proyecto, construcción y explotación, respecto de todos los contratos que, hasta la fecha de entrada en vigor de esa ley, tenía la Dirección General de Obras Públicas a su cargo.

  4. Que las Bases de Licitación del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Hospital Félix Bulnes" contemplan, entre las obligaciones de la Sociedad Concesionaria Metropolitana de Salud S.A., durante la Etapa de Construcción, la adquisición y reposición del correspondiente Mobiliario No Clínico, de acuerdo al listado detallado en el Anexo I letra a) de las Bases de Licitación y la adquisición y reposición del Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico, de acuerdo al listado detallado en el Anexo I letra b) de las Bases de Licitación.

  5. Que el artículo 1.4 del Anexo B de las Bases de Licitación contempla el Servicio Básico de Adquisición y Reposición de Mobiliario No Clínico (MNC) que se encuentra desglosado en el Anexo I letra a) y establece como límite, para la etapa de construcción o "año 0", el monto fijado en el Anexo I letra e) de las citadas Bases y que asciende a la suma de UF 35.014.

  6. Que, mediante Carta FM/IF/SCMS/003826/17, de fecha 20 de febrero de 2018, la Sociedad Concesionaria informó al Inspector Fiscal la brecha existente entre el valor necesario para adquirir la totalidad del Mobiliario No Clínico previsto para el año 0, y el monto máximo establecido en el Anexo I letra e) de las Bases de Licitación, para dichos efectos.

  7. Que el artículo 2 del Anexo B de las Bases de Licitación prevé el Servicio Especial Obligatorio de Adquisición y Reposición de Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico (EMMC), individualizado en la letra b) del Anexo I de las citadas Bases, con un monto máximo para la etapa de construcción o "año 0" de UF 1.101.584, fijado en el Anexo I, letra f).

  8. Que, según consta del Acta Sesión Nº 51, de fecha 31 de enero de 2018, del Comité Técnico de Adquisición y Reposición de Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico (CTAR), se determinó la existencia de una brecha entre el monto necesario para adquirir e instalar el Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico previsto para el año 0, y el monto máximo fijado en el Anexo I letra f) de las Bases de Licitación para dicha adquisición e instalación.

  9. Que, mediante Oficio Ord. Nº 0292/18, de fecha 2 de marzo de 2018, el entonces Coordinador de Concesiones de Obras Públicas informó a la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud las brechas señaladas en los considerandos 6º y 8º precedentes, a fin de que dicho Servicio tomara las providencias necesarias para no poner en riesgo la puesta en marcha del Hospital. La Subsecretaria de Redes Asistenciales respondió a ello, mediante Oficio Ord. C4/Nº 1820, de fecha 30 de abril de 2018, solicitando la modificación del contrato de concesión en los aspectos pertinentes.

  10. Que, en otro orden de consideraciones, el artículo 1.10.4 letra a) de las Bases de Licitación establece que sólo una vez autorizada la Puesta en Servicio Provisoria del Establecimiento de Salud, el Concesionario deberá realizar las actividades de Capacitación del Personal del Establecimiento de Salud señaladas en el Anexo Complementario, previa aprobación del respectivo Programa de Capacitación.

  11. Que la Sociedad Concesionaria presentó mediante Carta Nº FM/IF/SCMS/004086/18, de fecha 5 de abril de 2018, una propuesta del Programa de Capacitaciones, basado en un sistema b-learning, esto es, parte presencial y parte on line, junto con la...

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