Decreto núm. 29, publicado el 06 de Abril de 2017. MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 129, DE 2002, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, ESTABLECE NORMA DE EMISIÓN DE RUIDOS PARA BUSES DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA URBANA Y RURAL - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 676690445

Decreto núm. 29, publicado el 06 de Abril de 2017. MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 129, DE 2002, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, ESTABLECE NORMA DE EMISIÓN DE RUIDOS PARA BUSES DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA URBANA Y RURAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 129, DE 2002, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, ESTABLECE NORMA DE EMISIÓN DE RUIDOS PARA BUSES DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA URBANA Y RURAL

Núm. 29.- Santiago, 3 de octubre de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el decreto supremo N° 38, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba Reglamento para la Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión; en el decreto supremo N° 129, de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Norma de Emisión de Ruidos para Buses de Locomoción Colectiva Urbana y Rural; en el decreto supremo N° 38, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que modifica el decreto supremo N°129, de 2002, del mismo Ministerio; en la resolución exenta N° 67, de 12 de febrero de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial y en el sitio electrónico del mismo Ministerio el día 23 de febrero de 2015 y que da inicio a la revisión de la Norma de Emisión de Ruidos para Buses de Locomoción Colectiva Urbana y Rural; la resolución exenta N° 1.315, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprobó el anteproyecto de revisión de norma y lo sometió a consulta; la publicación del extracto del anteproyecto en el Diario Oficial el 16 de diciembre de 2015 y en el diario La Tercera el 20 de diciembre de 2011; la opinión del Consejo Consultivo Nacional del Medio Ambiente, emitida mediante acuerdo N° 4 de 21 de junio de 2016, y demás antecedentes que obran en el expediente público respectivo; en la resolución exenta Nº 177, del Ministerio del Medio Ambiente, de 2016, que Establece Primer Programa de Regulación Ambiental 2016-2017, y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas Sobre Exención de Trámite de Toma de Razón, y

Considerando:

Que conforme lo dispone el inciso segundo del artículo 40 de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, corresponderá al Ministerio del Medio Ambiente proponer, facilitar y coordinar la dictación de normas de emisión, para lo cual deberá sujetarse a las etapas señaladas en el artículo 32, inciso tercero, y en el Reglamento para la Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión. Que, el artículo 38 del mencionado reglamento, dispone que toda norma de calidad ambiental o de emisión debe ser revisada a lo menos cada cinco años.

Que el tránsito vehicular es reconocido internacionalmente como el mayor responsable del ruido ambiental de una ciudad, y de él, un gran aporte lo representan los buses de locomoción colectiva, por sus características propias (se considera un vehículo pesado) y su flujo periódico por las vías que circula, aunque representan bajo el 1% del total de vehículos motorizados presentes en el país.

De los estudios que se han realizado, se estima que el aporte de estas fuentes de ruido ambiental en las vías donde éstas circulan, es de aproximadamente 3 dB promedio, lo que significa el doble de la energía sonora por sobre el ruido existente en dicha vía. Por este motivo, se debe propender a controlar y reducir la contaminación acústica generada por los buses de locomoción colectiva, y así disminuir el ruido ambiental al que están sometidas las personas.

Que el decreto supremo N° 129, de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Norma de Emisión de Ruidos para Buses de Locomoción Colectiva Urbana y Rural (en adelante "D.S. N° 129/2002 del MTT"), actualizó y perfeccionó el contenido del decreto supremo N° 122, de 1991, del mismo Ministerio, estableciendo los niveles máximos de emisión de...

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