Decreto núm. 286, publicado el 30 de Enero de 2021. MODIFICA DECRETOS SUPREMOS N° 361 Y N° 363, AMBOS DE 2017, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, QUE APRUEBAN REGLAMENTO DE LICENCIAS PARA MIEMBROS DE LA TRIPULACIÓN EXCEPTO PILOTOS (DAR 63) Y REGLAMENTO DE LICENCIAS PARA PILOTOS Y SUS HABILITACIONES (DAR 61), RESPECTIVAMENTE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETOS SUPREMOS N° 361 Y N° 363, AMBOS DE 2017, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, QUE APRUEBAN REGLAMENTO DE LICENCIAS PARA MIEMBROS DE LA TRIPULACIÓN EXCEPTO PILOTOS (DAR 63) Y REGLAMENTO DE LICENCIAS PARA PILOTOS Y SUS HABILITACIONES (DAR 61), RESPECTIVAMENTE
Santiago, 25 de septiembre de 2020.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:
Núm. 286.
Visto:
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Lo dispuesto en el artículo N° 32 N° 6 de la Constitución Política de la República.
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La Ley N° 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional.
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El artículo 63 del Código Aeronáutico.
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La Ley N° 16.752, Fija organización y funciones y establece disposiciones generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil.
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El decreto supremo N° 509 bis, de 1957, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que "Promulga Convenio de Aviación Civil (OACI)",
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El decreto supremo N° 361 de 2017, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el "Reglamento de Licencias para Miembros de la Tripulación Excepto Pilotos" (DAR 63).
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El decreto supremo N° 363 de 2017, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el "Reglamento de Licencias para Pilotos y sus Habilitaciones" (DAR 61).
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Lo dispuesto en la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.
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Lo solicitado por oficio DGAC N° 05/0/727/2970, de 27 de mayo de 2020, de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Considerando:
Que es necesario modificar los reglamentos aeronáuticos aprobados mediante los decretos supremos individualizados en vistos letras f) y g), con el fin de ampliar las funciones de los Instructores Evaluadores (IE), tanto en el proceso de otorgamiento de licencias y habilitaciones aeronáuticas para miembros de la tripulación excepto pilotos, como en el proceso de otorgamiento de licencias y habilitaciones aeronáuticas para pilotos, a objeto de responder con eficacia y eficiencia a la realidad aeronáutica actual.
Decreto:
Modifícase el decreto supremo N° 361 de 2017, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el Reglamento de Licencias para Miembros de la Tripulación Excepto Pilotos (DAR 63), en la forma que se indica:
Reemplázase, íntegramente, el párrafo 63.13 Instructores Evaluadores (IE) por el siguiente:
"63.13 Instructores Evaluadores (IE).
La DGAC podrá aceptar tripulantes auxiliares de cabina con licencia y habilitación vigente, a proposición de la Empresa Aérea a la cual pertenecen, para que se desempeñen...
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