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Decreto núm. 27, publicado el 19 de Julio de 2017. MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA FLORIDA EN EL SENTIDO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA FLORIDA EN EL SENTIDO QUE INDICA

Santiago, 16 de junio de 2017.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 27.

Visto:

El artículo 50 del DFL Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 6.1.12. del DS Nº 47 (V. y U.) de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 2º de la Ley Nº 16.391; el artículo 12 letra i) del DL Nº 1.305, de 1975; el DS Nº 78 (V. y U.), de 2013, y su modificación, que aprueba la Política Nacional de Desarrollo Urbano; el Oficio Ord. Nº 195, de 22 de mayo de 2017 de la División de Desarrollo Urbano del Minvu; el Dictamen Nº 9138, de fecha 16 de marzo de 2017, de la Contraloría General de la República; el Ord. Nº 5364, de 21 de octubre de 2016 de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo; el Ord. Nº 390, de 13 de octubre de 2016, del Alcalde (S) de la I. Municipalidad de La Florida; el Ord. Nº 1672, de 23 de febrero de 2012 de la Directora (S) del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano; y los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,

Considerando:

  1. Que la comuna La Florida cuenta con Plan Regulador Comunal vigente, el cual fue aprobado mediante resolución Nº 47, de 06.12.2000 del Gobierno Regional Metropolitano, publicada en el Diario Oficial con fecha 17.08.2001, y rectificada mediante resolución Nº 80/2001, de 07.11.2001, también del Gobierno Regional Metropolitano, publicada en el Diario Oficial con fecha 12.01.2002, instrumento que ha tenido diversas modificaciones.

  2. Que dentro del territorio normado por el PRC, existe un área constituida por un lote de propiedad del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región Metropolitana - Serviu Metropolitano, singularizado como Lote A, Rol SII Nº 770-140, ubicado en Av. Tobalaba Nº 5793, de una superficie de 8.959,98 m2, el que fuera adquirido por expropiación que hiciera la Corporación de la Vivienda a doña Carmen Domínguez Errázuriz y otros, según da cuenta escritura pública de fecha 30 de diciembre de 1971, otorgada en la Notaría de Santiago de don Demetrio Gutiérrez. Su dominio rola inscrito a nombre del Serviu Metropolitano a fojas 8106, Número 10665, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1972.

  3. Que el predio individualizado en el considerando precedente se encuentra ubicado en una zona con normas de edificación y uso del suelo conjunta denominada Zonas de Resguardo de Infraestructura "RI", y en particular en la Sub Zona RI-1.2 Terminales Rodoviarios Sector Av. Departamental - Av. Tobalaba del aludido PRC, destinada al uso de suelo infraestructura, la que no admite el uso de suelo Residencial, no presentando, por tanto, condiciones de edificación para el desarrollo de proyectos de vivienda. El terreno en la actualidad se encuentra eriazo, sin construcciones, al cual sólo se le ha hecho limpieza y extracción de desechos contaminantes.

  4. Que, la Política Nacional de Desarrollo Urbano en su ámbito temático relativo a la Integración Social señala que "El Estado debe velar porque nuestras ciudades sean lugares inclusivos, donde las personas estén y se sientan protegidas e incorporadas a los beneficios urbanos: acceso a los espacios públicos, educación, salud, trabajo, seguridad, interacción social, movilidad y transporte, cultura deporte y esparcimiento. Este objetivo debe ser de prioridad nacional."

  5. Que atendido a lo expuesto, el Serviu Metropolitano solicitó a la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo la elaboración de un proyecto de Modificación al Plan Regulador Comunal de La Florida, mediante la aplicación del Art. 50º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones -LGUC, que contempla modificar la normativa referida a las condiciones de edificación y uso de suelo al Lote A de propiedad de ese Serviu ya singularizado en el considerando b) precedente-, generando para ello una nueva Zona en el Plan Regulador Comunal de La Florida, denominada ZRM-DT Zona Residencial Mixta-Departamental/Tobalaba, que admite el uso residencial, a fin de facilitar el desarrollo y materialización en el lugar de un conjunto de viviendas sociales enmarcadas en los programas habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, permitiendo de esta forma dar solución habitacional a un total de 160 familias vulnerables.

  6. El Ord. Nº 1672, de 23.02.2012, de la Directora Serviu Metropolitano (S) dirigido a la Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo por el cual se somete a aprobación la propuesta de "Modificación del Plan Regulador Comunal de La Florida, Sector Av. Departamental - Tobalaba, vía aplicación del Art. 50 LGUC" y se envía propuesta de modificación y antecedentes.

  7. El Ord. Nº 3005, de 07.03.2014, del Director Serviu Metropolitano dirigido al Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, mediante el cual adjunta al expediente del proyecto de Modificación al PRC de La Florida, sector Departamental con Tobalaba vía aplicación del Art. 50 de la LGUC.

  8. El Ord. Nº 1949, de 02.05.2014, del Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo dirigido al Director Serviu Metropolitano...

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