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Decreto núm. 268, publicado el 17 de Julio de 2015. AUTORIZA A LA 'ESCUELA PREMILITAR LAUTARO', PARA IMPARTIR INSTRUCCIÓN PREMILITAR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A LA "ESCUELA PREMILITAR LAUTARO", PARA IMPARTIR INSTRUCCIÓN PREMILITAR

Núm. 268.- Santiago, 22 de abril de 2015.

Visto:

  1. El artículo 326 de la Constitución Política de la República.

  2. La ley Nº 18.575, "Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado".

  3. El DFL 2 de 2009 del Ministerio de Educación que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del DFL 1 de 2005.

  4. El artículo 24 de la Ley Nº 20.424, Orgánica del Ministerio de Defensa Nacional.

  5. El artículo 15 del DL 2.306 de 1978 que dicta Normas sobre Reclutamiento y Movilización de las FF.AA.

  6. Los artículos 33 al 39 del DS Nº 210 de 2007 del Ministerio de Defensa Nacional, que Aprueba Reglamento Complementario del DL. Nº 2.306 de 1978.

  7. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

  8. la resolución exenta Nº 378 de 9 de mayo de 2014, del Ministerio de Educación, que otorga el reconocimiento oficial del Estado al Colegio "Escuela Premilitar Lautaro", de la comuna de Olivar, ciudad de Rancagua.

  9. La Pauta de Chequeo de Requisitos para Trámite de Autorización para impartir Instrucción Premilitar en Establecimientos Educacionales de 20 de enero 2015 de la DGMN.

  10. Los oficios CJE. SGE DAI a Nº 3500/897 de 17 de Noviembre de 2014; EMG. DPYL SD. PERS "R" Nº 2686, de 30 de julio de 2014 y Mensaje Naval 080832-Jul-2014, en que cada rama de las Fuerzas Armadas aprueba programa de instrucción premilitar para establecimientos educacionales.

  11. La carta de 09.ENE.2015, de la Directora de la "Escuela Premilitar Lautaro".

  12. Lo solicitado por el Director General de Movilización Nacional en oficio DGMN.DEMOV.PLA (P) Nº 6583/01 de 22.ENE.2015.

Considerando:

Que la "Escuela Premilitar Lautaro", ubicada en Avenida Unión, Nº 182, Población Orocoipo, comuna de Olivar, Rancagua, VI Región del Libertador Bernardo O'Higgins, cumple con los requisitos exigidos en materia de acreditación, tanto en lo referido al programa de instrucción que imparte, como asimismo respecto de la validación de uniformes de profesores e instructores premilitares.

Que en atención a lo anterior, el Director General de Movilización Nacional ha solicitado a este Ministerio la dictación del decreto supremo que autoriza a dicho Establecimiento Educacional, para impartir instrucción premilitar.

Que la solicitud se enmarca en lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo citado en la letra f) de Visto, que...

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